Saltar navegación

BOAM nº 8541 (12/12/2019)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2336

Acuerdo de 5 de diciembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el año 2019.

El presente acuerdo tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público (en adelante, OEP) del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el año 2019, de conformidad con lo establecido en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP), aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (en adelante, LPGE).

 

En esta OEP para el ejercicio 2019 se incluyen en el turno libre (Anexo I), plazas de personal funcionario de las Escalas de Administración General y Administración Especial correspondientes a la tasa de reposición del 100% y a la tasa adicional del 8% para el refuerzo de efectivos y, en concreto, se incluyen las plazas del Cuerpo de Policía Municipal derivadas de su tasa de reposición del 115%, prevista con carácter general para las Policías Locales en el artículo 19.Uno.5 de la LPGE 2018.

 

En esta oferta, al igual que en las Ofertas de Empleo Público de los dos últimos años, las plazas del personal que presta servicio en las instalaciones deportivas municipales incluidas en el turno libre se configuran como plazas de personal funcionario, en concordancia con lo dispuesto en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de septiembre de 2017, en el que se establece que la naturaleza jurídica de la relación de empleo en ese ámbito será funcionarial.

 

Por otra parte, como una de las medidas de planificación de recursos humanos previstas en el artículo 69 del TREBEP, se incluyen en el Anexo II, de forma independiente del turno libre, las plazas destinadas a la promoción interna de personal funcionario de la Escala de Administración General y de la Escala de Administración Especial, en aplicación de lo previsto en el artículo 6.6 y artículo 7 del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes a personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022.

 

Las plazas para la promoción interna del personal que presta servicio en las instalaciones deportivas se han incluido como plazas de personal laboral en concordancia con la suspensión temporal de las actuaciones prevista en el apartado segundo del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de septiembre de 2017, en el que se establece que la naturaleza jurídica de la relación de empleo en ese ámbito será funcionarial.

 

Esta Oferta de Empleo Público cumple las previsiones del artículo 19 de la LPGE 2018, toda vez que las plazas incluidas se mantienen dentro del límite del 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y del 115 por 100 establecido para la Policía Local, incrementados como consecuencia de la aplicación de la tasa adicional del 8% destinada al refuerzo de efectivos en los ámbitos y sectores que lo requieran.

 

Para hacer efectiva la aplicación del principio de igualdad de hombres y mujeres en el acceso al empleo público y en cumplimiento de lo previsto en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el presente expediente de OEP 2019 se incorpora el Informe de Impacto de Género, cuyo objetivo final es evitar la discriminación en la OEP, como instrumento de planificación anual de las necesidades de personal y de racionalización del empleo público.

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del TREBEP, el Proyecto de Oferta de Empleo Público ha sido objeto de negociación en la sesión de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos celebrada los días 31 de octubre y 8 de noviembre de 2019.

 

La competencia para la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 127.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 22 de diciembre de 2005 (BOCM 28 de febrero de 2006).

 

Las competencias atribuidas a la Junta de Gobierno Local podrán ser delegadas o desconcentradas por esta, en virtud de lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, en su artículo 3.º, apartado 2.9, atribuye a la titular del Área de Gobierno la competencia para:

 

"g) Elevar a la Junta de Gobierno el proyecto anual de oferta de empleo público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos públicos".

 

En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno Hacienda y Personal, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de diciembre de 2019,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar la Oferta de Empleo Público para el año 2019 de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos, con el número de plazas de Personal Funcionario y Laboral que figura en los Anexos I y II, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.

 

SEGUNDO.- Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución, así como en el marco de lo establecido la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

 

TERCERO.- Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público, estas podrán incorporar plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Asimismo, las plazas convocadas en procesos selectivos derivados de ofertas anteriores que hubieran resultado vacantes podrán incorporarse a las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público o incluirse en convocatorias extraordinarias.

 

CUARTO.- El presente acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 5 de diciembre de 2019.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Ángela Pérez Brunete.

Subir Bajar