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BOAM nº 7728 (23/08/2016)
Gerencia de la Ciudad

1843

Resolución de 17 de agosto de 2016 de la Gerente de la Ciudad por la que se sustituye al Presidente suplente del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer plazas de Oficial Mecánico Conductor del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto de la Concejala del Área de Delegada de Personal de fecha 21 de marzo de 2007 (BOAM n.º 5.751, de 12 de abril de 2007) fueron nombrados los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 118 plazas de Oficial Mecánico Conductor del Ayuntamiento de Madrid.

 

La composición de este Tribunal Calificador ha sido objeto, desde entonces, de tres modificaciones: la primera por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administraciones Públicas de 2 de junio de 2011 (BOAM n.º 6.449, de 8 de junio de 2011), la segunda por Decreto del mismo órgano de 15 de junio de 2011 (BOAM n.º 6.454, de 30 de junio de 2011) y la tercera por Decreto del 8 de abril de 2016 (BOAM n.º 7.645, de 22 de abril de 2016).

 

D. Carlos Acinas Sánchez, Presidente suplente del Tribunal Calificador, ha presentado instancia el pasado día 4 de agosto de 2016 en la que, alegando motivos personales, renuncia a su condición de tal, solicitando que se proceda a la designación de otra persona en su lugar. A la vista de esta petición, la Dirección General de Recursos Humanos considera que la misma debería aceptarse, designando en su sustitución a D. Armando García Martínez como Presidente suplente de este Tribunal.

 

Corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia relativa al nombramiento de los Tribunales Calificadores que han de juzgar los procesos de selección de personal del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con el artículo 17, apartado uno, letra m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM). Dicha competencia, por Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se crea la Gerencia de la Ciudad, se establece su organización y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, ha sido delegada en la Gerencia de la Ciudad, al amparo de la habilitación contenida en el artículo 17.2 de la LCREM y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en materia de personal en el artículo 2.6. l) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015,

 

RESUELVO

 

Primero.- Nombrar a D. Armando García Martínez como Presidente suplente en sustitución de D. Carlos Acinas Sánchez en el proceso selectivo convocado por Decreto de 27 de mayo de 2005 para proveer 118 plazas de Oficial Mecánico Conductor del Ayuntamiento de Madrid.

 

Segundo.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). 

 

Madrid, a 17 de agosto de 2016.- La Gerente de la Ciudad, P.S., Decreto de la Alcaldesa de 27 de julio de 2016, la Subdirectora General de Coordinación de los Servicios, Ana Paula Sanz Villa.

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