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BOAM nº 7964 (07/08/2017)
Gerencia de la Ciudad

1789

Resolución de 31 de julio de 2017 del Director General de Recursos Humanos por la que se deja sin efecto la Resolución de 7 de junio de 2017 por la que se aprobó la convocatoria del proceso selectivo de 18 plazas para el acceso a la categoría de Técnico de Administración General, Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.

Con fecha 2 de junio de 2017 fue adoptado por el Director General de Recursos Humanos, Resolución por la que se aprobaban las bases específicas por las que se regiría el proceso selectivo para el acceso a la categoría de Técnico de Administración General, Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid. La referida Resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 7 de junio de 2017 (BOAM número 7921).

 

En el apartado cuarto de las referidas bases específicas se configuraba el sistema del proceso selectivo como de concurso-oposición.

 

Con fecha 7 de junio de 2017 se adoptó por el Director General de Recursos Humanos, Resolución por la que se convocaban 18 plazas de la categoría de Técnico de Administración General Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid, 14 reservadas para el turno de acceso libre, 3 plazas para el turno de promoción interna y 1 plaza para personas con discapacidad en un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

 

Si bien la citada convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid con fecha de 12 de junio de 2017, la misma no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.

 

Así, el artículo 15 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (en adelante, Reglamento General de Ingreso), preceptúa la obligación de proceder a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un extracto de la convocatoria de los procesos selectivos, fecha que determina la apertura del plazo para la presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo; toda vez que el artículo 18 del Reglamento General de Ingreso antes citado, en su apartado primero señala textualmente:

 

"La solicitud para participar en los procedimientos de ingreso (...), deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria respectiva en el Boletín Oficial del Estado".

 

En estos mismos términos aparece contenido en el apartado quinto de la convocatoria de 18 plazas en la categoría de Técnico de Administración General, Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid cuando dispone "El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte de las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado".

 

Con fecha 28 de junio de 2017 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

 

El artículo 19 de la citada ley, referida a la Oferta de Empleo Público y otros instrumentos de provisión de personal, en su apartado Uno.6) determina el establecimiento de una tasa adicional para estabilización del empleo temporal que podrá incluir hasta el 90 por ciento de las plazas, que estando dotadas presupuestariamente, se encuentren referidas a determinados sectores establecidos como prioritarios, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2016.

 

En atención a la introducción de este cambio normativo, producido con posterioridad a la aprobación de las bases específicas de Técnico de Administración General, Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid, fechada el 2 de junio de 2017, y referido a una convocatoria que aún no ha sido desarrollada, en la que tiene por objetivo resolver una situación singular -la referida a aquellos puestos ocupados de forma temporal e ininterrumpidamente en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016- se hace conveniente la revisión de las vinculaciones de determinados puestos de trabajo que cumplen el requisito legal antes mencionado respecto de las Ofertas de Empleo Público en vigor en las que 18 plazas han sido objeto de inclusión en la convocatoria de Técnico de Administración General, Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.

 

La revisión de los puestos ocupados de forma temporal desde el 31 de diciembre de 2013 y su inclusión en una tasa adicional de estabilización de empleo temporal, además de resultar conveniente para la Administración, ya que soluciona una serie de problemas coyunturales que se han producido en relación con sus trabajadores temporales, permite una situación en la que pueden coexistir al mismo tiempo procesos selectivos diferentes derivados en unos casos de las ofertas de empleo público ordinarias y en otros de los causados por el establecimiento de la tasa adicional para estabilización de empleo temporal, introducida por primera vez en la Ley de Presupuesto Generales del Estado para 2017.

 

En base a las circunstancias anteriores y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.6 del Texto Refundido del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2012-2015, con fecha 25 de julio de 2017 fue convocada la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en cuyo orden del día figuraba como apartado primero:

 

"1ª modificación del sistema de selección contenido en las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para el acceso a la categoría de Técnico de Administración General, Rama Jurídica del Ayuntamiento de Madrid, en atención a las determinaciones establecidas en el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales para el año 2017".

 

Conforme el citado orden del día, se aprueba por las organizaciones sindicales con representación en la Mesa General de Personal Funcionario (tres votos a favor y una abstención) la modificación de la forma de provisión contenida en las bases especificas por las que se regirá el proceso selectivo de 18 plazas de Técnico de Administración General, Rama Jurídica, manteniéndose inalterable el resto del contenido de las referidas bases, aprobadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos de fecha 2 de junio de 2017.

 

Modificado el sistema de selección establecido en las citadas bases específicas, cabe analizar su incidencia en la convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 12 de junio de 2017, toda vez que la modificación de una norma del proceso selectivo como son las bases específicas por las que se rige, en base a la evolución del interés público legalmente definido y los cambios en la orientación de la acción administrativa o la variación del juicio de conveniencia en aspectos reservados a la discrecionalidad de la Administración y que pueden aconsejar la cesación de efectos de actos válidamente dictados en un momento anterior, exige que la eficacia o subsistencia de la actuación que se trata de revocar sea inocua para los afectados, toda vez que no cabe la revocación de los actos declarativos de derechos sino a través de los procedimientos legalmente establecidos.

 

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