BOAM nº 7764 (14/10/2016)
Distrito de Arganzuela
2162
Resolución de 10 de octubre de 2016 de la Coordinadora del Distrito de Arganzuela por el que se ordena la publicación del Decreto de la Concejala Presidenta de 6 de octubre de 2016 por el que se declara el desistimiento de las solicitudes para el espacio del inmueble del Distrito de Arganzuela que será objeto de autorización de uso para entidades ciudadanas o asociaciones.Número de expediente: 102/2016/2478
"Tener por desistido de su solicitud a la entidad Asociación El Fanal, por no reunir los requisitos establecidos conforme a lo previsto en el artículo 4 de la convocatoria del espacio de uso para entidades ciudadanas o asociaciones del Distrito de Arganzuela, y una vez transcurrido el plazo que se le concedió para subsanar la falta, en los términos previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procediéndose al archivo sin más trámite".
Número de expediente: 102/2016/2477
"Tener por desistido de su solicitud a la entidad Asociación AFRIBROM, por no reunir los requisitos establecidos conforme a lo previsto en el artículo 4 de la convocatoria del espacio de uso para entidades ciudadanas o asociaciones del Distrito de Arganzuela, y una vez transcurrido el plazo que se le concedió para subsanar la falta, en los términos previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procediéndose al archivo sin más trámite".
Contra la presente resolución, podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación, según establece el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2. Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la publicación.
Madrid, a 10 de octubre de 2016.- La Coordinadora del Distrito de Arganzuela, Almudena Álvarez García.