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BOAM nº 7167 (16/05/2014)
Agencia para el Empleo de Madrid

915

Resolución de 24 de abril de 2014 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria y bases de becas y de ayudas al estudio del programa "URBAN VILLAVERDE 2014".

A la vista de la propuesta de Resolución de la Subdirección General de Formación, de 11 de marzo de 2014, relativa a la convocatoria de becas para el programa URBAN VILLAVERDE, y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 154, de 30 de junio de 2004),

 

RESUELVO

 

PRIMERO: Aprobar la convocatoria y bases de becas y de Ayudas al Estudio del "URBAN VILLAVERDE 2014", propuestas por la Subdirección General de Formación Ocupacional que se adjuntan como Anexo a esta resolución.

 

SEGUNDO: Autorizar un gasto por una cuantía total máxima de setenta mil euros (70.000 euros), destinado a esta convocatoria, con cargo a los créditos disponibles del Presupuesto de Agencia para el Empleo para 2014, aplicación 503/025/241.05/482.01, "Gestión de Fondos. Becas". La concesión de la subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

 

TERCERO: Publíquese la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 24 de abril de 2014.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Daniel López Gálvez.

 

CONVOCATORIA Y BASES DE BECAS Y DE AYUDAS AL ESTUDIO DEL PROGRAMA "URBAN VILLAVERDE 2014". (Cofinanciado al 50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional).

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de los desempleados y trabajadores, y el fomento del empleo estable y de calidad.

Para llevar a cabo estos fines, atendiendo tanto a las directrices europeas de la estrategia "Europa 2020", como a las nacionales, a través del "Plan Anual de Política de Empleo y el Programa Nacional de Reformas de España 2013", una herramienta fundamental es la formación, que permite el pleno desarrollo de la capacidad profesional, constituye un eje fundamental y un garante de éxito de los itinerarios personalizados de inserción laboral. Por dicha razón la Agencia para el Empleo de Madrid, autorizada como Agencia de Colocación, desarrolla una extensa y variada programación de acciones formativas dirigidas a los desempleados madrileños.

El proyecto URBAN VILLAVERDE, aprobado para ser subvencionado mediante Resolución de 5 de junio de 2008 de la Subdirección General de Administración del FEDER del Ministerio de Economía, es un programa de intervención territorial, que se plantea como un proyecto integrado y en su estrategia y objetivos se marca, entre otros, el eje estratégico de accesibilidad al pleno empleo, autoempleo y fomento del tejido empresarial socialmente responsable.

La Agencia para el Empleo de Madrid aporta, dentro de este eje, su experiencia en lo relativo a la mejora de la empleabilidad e inserción laboral de los desempleados y especialmente su experiencia en programas de integración laboral de personas en riesgo de exclusión social a través de la formación para el empleo.

El objetivo será mejorar la cualificación profesional de los trabajadores y de los colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión que están dentro de la zona de actuación del programa, el distrito de Villaverde. Para ello se van a desarrollar una serie de acciones de formación para el empleo.

Considerando que los alumnos participantes son desempleados, la concesión de becas de ayuda al estudio por cada día de asistencia supone un apoyo fundamental que facilita la asistencia a los cursos durante su desarrollo y, por tanto, la obtención de la capacitación impartida. La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de las ayudas para la participación en la programación formativa de la Agencia para el Empleo de Madrid, que facilitarán a los desempleados remover los obstáculos que puedan impedir el desarrollo de su capacidad profesional a través de la formación.

La presente convocatoria, que a tenor de lo establecido en el artículo 59 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene la consideración de abierta, establece los principios inspiradores de concesión de tales ayudas previstas para los alumnos asistentes a los cursos de formación gestionados por la Agencia para el Empleo de Madrid dentro del área 2 y 3 de la programación del URBAN VILLAVERDE, su régimen jurídico, financiación, requisitos que han de reunir los beneficiarios a los que se concederá de forma directa las ayudas, las obligaciones de los mismos, así como las responsabilidades en que podrían incurrir los mismos en caso de incumplimiento. Se establecen igualmente las normas generales sobre presentación de solicitudes y documentación que se ha de aportar, instrucción del procedimiento y tramitación hasta su resolución.

Señalar que, si bien el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 55 como procedimiento ordinario de concesión, la concurrencia competitiva, atendiendo al fin social de estas subvenciones cuyos destinatarios son desempleados que, en muchos casos precisan estas ayudas para poder participar en los cursos y, asimismo, a que el crédito previsto en esta convocatoria se prevé suficiente para atender a las solicitudes que se presenten en el plazo abierto a tal efecto, no establecerá para su concesión ningún orden de prelación en las solicitudes tramitadas inicialmente y tan solo, en el supuesto de que se fuese a agotar el crédito disponible, se establecerá un orden cronológico atendiendo, en primer lugar a la fecha de inicio de los cursos y, dentro de éstos, a la fecha y orden de presentación de solicitud de cada beneficiario.

Las bases reguladoras de la presente convocatoria abierta serán las recogidas en la "Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos" aprobada en sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 y que entró en vigor el día 1 de enero de 2014.

A la vista de lo expuesto y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid, la Gerencia de la Agencia aprueba la presente convocatoria de concesión de becas de ayudas al estudio a los alumnos participantes en los módulos de formación de la acciones formativas de las áreas 2 y 3 del proyecto gestionado por la Agencia "URBAN VILLAVERDE".

 

Artículo 1.- FINALIDAD Y OBJETO DE LAS BECAS DE AYUDA AL ESTUDIO.

La presente resolución tiene por objeto convocar las becas de ayudas al estudio en las acciones formativas del programa "URBAN VILLAVERDE", en las áreas 2- "Fomento del aprendizaje y cualificación a lo largo de toda la vida laboral" y 3- "Fomento de una segunda vida laboral para mayores de 50 años" de la Agencia para el Empleo de Madrid, que se inicien entre el 11 de noviembre de 2013 y el 10 de noviembre de 2014, que se constituyen como una herramienta más que la Agencia para el Empleo pone a disposición de sus alumnos que cumplan los requisitos en ellas establecidos, a fin de facilitar su participación en la realización de las mismas.

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