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BOAM nº 5889 (30/01/2009)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 22 de enero de 2009 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Plan de Actuación de la Inspección General de Servicios para el ejercicio 2009.

El presente Acuerdo tiene por objeto la aprobación del Plan de actuación de la Inspección General de Servicios para el ejercicio 2009, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 22.3 del Acuerdo de 5 de junio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.

 

De conformidad con el referido precepto, la Inspección General de Servicios ha elaborado el Plan de actuación para el ejercicio 2009, basándose para ello en las previsiones y principios determinados en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 3 de abril de 2008, por el que se adoptan medidas para la mejora del Servicio de Concesión de Licencias Urbanísticas y del Servicio de Disciplina Urbanística, aquellos recogidos en el Programa de Actuación Global del Sistema de Concesión de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por los titulares de las Áreas de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y de Urbanismo y Vivienda, con fecha 18 de diciembre de 2008 y los definidos en el Código de Buenas Prácticas Administrativas del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 4 de diciembre de 2008.

 

El Plan se estructura en una serie de actuaciones de carácter ordinario a desarrollar durante el ejercicio 2009, estableciendo para cada una de ellas los objetivos a cumplir, las acciones a desarrollar y la metodología para su ejecución. Adicionalmente a las actuaciones ordinarias, el Plan prevé la posibilidad de adoptar aquellas actuaciones extraordinarias que se hagan precisas por necesidades puntuales de la estructura administrativa o que sean detectadas en el transcurso de la labor inspectora. Por último, en la redacción del Plan se identifican las unidades afectadas por las actuaciones ordinarias, sin perjuicio de que sea necesaria la colaboración de otras unidades.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la competencia para adoptar planes, programas y directrices corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

 

En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, previa deliberación, en su reunión de 22 de enero de 2009,

 

ACUERDA

 

Primero.- Aprobar el Plan de actuación de la Inspección General de Servicios para el ejercicio 2009, que figura como Anexo del presente Acuerdo.

 

Segundo.- Facultar al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del mencionado Plan así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

Madrid, a 22 de enero de 2009.- El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

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