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BOAM nº 7962 (03/08/2017)
Gerencia de la Ciudad

1781

Resolución de 28 de julio de 2017 de la Gerente de la Ciudad por la que se sustituye a un vocal suplente del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, por promoción interna independiente, 20 plazas de Técnico Auxiliar de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de la Gerente de la Ciudad de fecha 26 de mayo de 2017 (BOAM n.º 7.918, de 2 de junio de 2017) fueron nombrados los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, por promoción interna independiente, 20 plazas de Técnico Auxiliar de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid.

 

La Dirección General de Recursos Humanos, propone sustituir a D. José Luis Andrino Rodríguez por no reunir los requisitos de titulación exigidos tanto en el artículo 7.1 de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid como el artículo 4.1 de la Instrucción relativa al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección.

 

Corresponde al titular de la Gerencia de la Ciudad la competencia para efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3º, punto 2.6 l), del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad.

 

De conformidad con lo expuesto, se eleva a la Gerente de la Ciudad propuesta de Resolución que se adjunta en el sentido de:

 

RESUELVO

 

Primero.- Nombrar a D. Juan Jesús Poza Fresnillo como Vocal suplente en sustitución de D. José Luis Andrino Rodríguez en el proceso selectivo convocado por Resolución de 21 de marzo de 2017 para proveer, por promoción interna independiente, 20 plazas de Técnico Auxiliar de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid.

 

Segundo.- Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).

 

Madrid, a 28 de julio de 2017.- La Gerente de la Ciudad, Carmen Román Riechmann.

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