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BOAM nº 9448 (16/08/2023)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

2401

Decreto de 11 de agosto de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de corrección de errores del Decreto de 4 de agosto de 2023 por el que se declara el ámbito territorial de Sol como espacio de especial protección para el peatón.

Advertido error material en el Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de 4 de agosto de 2023 por el que se declara el ámbito territorial de Sol como espacio de especial protección para el peatón, cuyo texto íntegro se ha publicado en el BOAM n.º 9443, de fecha 8 de agosto de 2023, se procede a su corrección, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Donde dice:

 

"Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se declara el ámbito territorial de Sol como espacio de especial protección para el peatón".

 

Debe decir:

 

"Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se declara el ámbito territorial de la Puerta del Sol como zona peatonal".

  

Donde dice:

 

"El artículo 137 de la OMS dispone que mediante acuerdo del órgano competente se podrán declarar, con carácter temporal o permanente, determinadas, calles y espacios públicos como "espacios de especial protección para el peatón"".

 

Debe suprimirse el párrafo completo.

  

Donde dice:

 

"Conforme a lo dispuesto en el apartado 3º.2.2 del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, corresponde a su titular la competencia para establecer prohibiciones o limitaciones a la circulación o estacionamiento de vehículos en las vías públicas de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible y en la legislación sobre tráfico, siendo por tanto el competente para declarar el citado ámbito territorial como "espacio de especial protección para el peatón"". 

 

Debe decir:

 

"Conforme a lo dispuesto en el apartado 3º.2.2 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, corresponde a su titular la competencia para establecer prohibiciones o limitaciones a la circulación o estacionamiento de vehículos en las vías públicas de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible y en la legislación sobre tráfico, siendo por tanto el competente para declarar el citado ámbito territorial como "zona peatonal"". 

 

Donde dice:

 

"El paso de ciclistas por la zona peatonalizada se realizará a través del itinerario 2 del apartado B del artículo segundo: calle Mayor - calle Carrera de San Jerónimo (frente al edificio de la Casa de Correos) por carril habilitado como acera-bici. Dicha acera-bici se ha ejecutado en plataforma única, con una diferencia de cota de 4 cm, absorbida en un plano inclinado donde se ubica una banda de baldosa de 40 cm de botones (pavimento podotáctil)".

 

Debe decir:

 

"El paso de ciclistas por la zona peatonalizada se realizará a través del itinerario 2 del apartado A del artículo segundo: calle Mayor - calle Carrera de San Jerónimo (frente al edificio de la Casa de Correos) por carril habilitado como acera-bici bidireccional. Dicha acera-bici bidireccional se ha ejecutado en plataforma única, con una diferencia de cota de 4 cm, absorbida en un plano inclinado donde se ubica una banda de baldosa de 40 cm de botones (pavimento podotáctil)". 

 

Donde dice:

 

"Cuarto. - Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad…".

 

Debe decir:

 

"Cuarto. - Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad…".

 

Madrid, a 11 de agosto de 2023.- El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (P.S. Decreto del Alcalde de 27 de julio de 2023), el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

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