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BOAM nº 6358 (27/01/2011)
Distrito de San Blas

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Resolución de 8 de noviembre de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se inicia expediente sancionador a J.L.H.S., con Documento Nacional de Identidad número 51.674.492, expediente número 117/2010/02464.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de la resolución de inicio de expediente sancionador por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Servicios Sanitarios y Consumo del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.

 

Referencia: 117/2010/02464.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.

Emplazamiento: Calle Taquigrafía, 2.

Denunciado: J.L.H.S., con Documento Nacional de Identidad número 51.674.492.

Hechos denunciados: No haber presentado la documentación requerida por autoridad competente de los perros causantes de las molestias, consistente en:

- Cartilla de vacunaciones.

- Certificado de identificación censal.

- Seguro de responsabilidad civil para la tenencia de perros que cubra la indemnización por los posibles daños que pudiera ocasionar a las personas o bienes.

Norma infringida: Artículos 5, 6.2, 14 y 15 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, B.O.C.M. de 31 de agosto de 2001.

Calificación y artículo de la sanción: Leve, artículo 37 a) 21 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, B.O.C.M. de 31 de agosto de 2001.

Sanción prevista: Hasta 300,00 euros.

Instructor: Ángel Cascales Sedano.

Secretario: José Platas Cazorla.

 

Los interesados podrán, durante el plazo de diez días desde la publicación de la presente resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes (artículo 17.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).

 

Madrid, a 8 de noviembre de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.

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