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BOAM nº 6365 (07/02/2011)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

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Decreto de 31 de enero de 2011 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se modifica la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Madrid.

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para modificar el Decreto de 30 de noviembre de 2010 por el que se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Madrid y se convocan plazas de dicha categoría.

 

La modificación propuesta se realiza a fin de dar cumplimiento al Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad y, en el mismo sentido, a la base tercera de las Generales para la Selección de Personal Funcionario, aprobadas por Decreto de 23 de abril de 2009, que establece en el apartado 1º, párrafo segundo que "si las plazas reservadas y que no han sido cubiertas por las personas con discapacidad no alcanzaran la tasa del tres por ciento de las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo del siete por ciento de la oferta siguiente, con un límite máximo del diez por ciento".

 

Considerando que existe una plaza que quedó sin cubrir en el anterior proceso selectivo convocado por Decreto de la Concejala Delegada de Personal de fecha 15 de julio de 2005 para proveer plazas de esta categoría, correspondiente al cupo del 7% de las vacantes que se convocaron para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, procede, en aplicación de la normativa anteriormente señalada, añadir una plaza más en la actual convocatoria, incorporándola al cupo del 7% de las vacantes que se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para convocar y aprobar las bases de selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de 5 de junio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2. i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de junio de 2008,

 

DISPONGO

 

Primero.- Modificar, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Madrid aprobada por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 30 de noviembre de 2010, incrementando a 44 el número de plazas convocadas al ampliar en la convocatoria una plaza para el cupo del 7% de las vacantes que se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad.

 

Segundo.- La distribución final de las plazas convocadas entre los diferentes turnos será la siguiente: de las 44 plazas convocadas, 40 plazas se reservan para el turno de acceso libre y 4 plazas para el turno de promoción interna. Del total de las 40 plazas del turno libre se reservan 4 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

 

Tercero.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dice y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 31 de enero de 2011.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

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