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BOAM nº 6400 (28/03/2011)
Distrito de Ciudad Lineal

693

Acuerdo de 22 de marzo de 2011 de la Junta Municipal del Distrito de Ciudad Lineal por el que se aprueba inicialmente la relación de situados aislados en la vía pública y puestos en mercadillos periódicos y sectoriales, relación de quioscos de periódicos, revistas y publicaciones y la relación de situados de distribución de prensa en la vía pública para el año 2012 en el Distrito de Ciudad Lineal.

En cumplimiento con lo establecido en la Ordenanza Reguladora Municipal de Venta Ambulante de 27 de marzo de 2003, la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa de 27 de febrero de 2009, y en la Ordenanza Reguladora de la Distribución gratuita de Prensa de 21 de marzo de 2009, se elabora la propuesta de aprobación de los situados aislados de venta en vía pública, puestos de mercadillo, periódicos y distribución de prensa gratuita.

 

El pleno de la Junta Municipal del Distrito de Ciudad Lineal en su sesión ordinaria de fecha 22 de marzo de 2011, ha adoptado de conformidad con lo dispuesto en la vigente Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante, el siguiente acuerdo:

 

"1º.- Aprobar Inicialmente la relación de situados aislados en la vía pública y puestos de mercadillos, periódicos sectoriales, conforme a los criterios de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante para el año 2012, en el Distrito de Ciudad Lineal.

 

2º.- Aprobar Inicialmente la relación de los quioscos de periódicos, revistas y publicaciones periódicas y otros artículos que de manera accesoria puedan ser susceptibles de comercialización, conforme a lo establecido en la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa, para el año 2012.

 

3º.- Aprobar Inicialmente la relación de situados de distribución de prensa en la vía publica del Distrito de Ciudad Lineal para el año 2012, de acuerdo con la Ordenanza Reguladora de la Distribución Gratuita de Prensa en la Vía Pública".

 

Dicha aprobación inicial se entenderá definitiva si no se producen reclamaciones durante el plazo de información pública, quince días para el caso de los situados sujetos a la Ordenanza de Venta Ambulante y un mes para los afectados por la Ordenanza de Quioscos de Prensa, y para la Ordenanza Reguladora de la Distribución Gratuita de Prensa en la vía pública contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

 I.- SITUADOS PARA LA INSTALACIÓN DE PUESTOS DE ENCLAVE FIJO Y CARÁCTER NO DESMONTABLE. 

   

Puestos de helados y/o bebidas refrescantes.

   

1) Prórroga.

   

1º.- Calle Arriaga (frente al 47).

2º.- Calle Virgen del Sagrario/Virgen de Nuria.

3º.- Calle Arturo Soria, 162.

4º.- Calle Protasio Gómez/Arturo Soria.

5º.- Calle Alcalá/Pileo.

6º.- Calle Alcalá, 294.

7º.- Calle Hermanos García Noblejas/Ghandi.

8º.- Calle Lorenzo Solano Tendero/Arturo Soria.

9º.- Calle Agastia, 86.

10º.- Calle López de Hoyos/Arturo Soria.

11º.-.Calle Hermanos García Noblejas, 184.

12º.- Calle Arturo Soria, 332.

13º.- Calle Ascao (frente 43).

14º.- Calle Ascao/Hermanos García Noblejas.

15º.- Calle Gutierre de Cetina, 79.

16º.- Calle Gutierre de Cetina/Alcalá.

17º.- Calle Misterios (5 metros quiosco flores).

18º.- Calle San Maximiliano, c/v Marqués de Corbera.

19º.- Calle Vicente Muzas, c/v Arturo Soria.

20º.- Calle Condado de Treviño (frente 34).

21º.- Calle José Villena/Benidorm.

22º.- Calle Gerardo Cordón/Marqués de Corbera.

23º.- Avenida Daroca, frente al 30.

24º.- Calle Arturo Soria, 174.

25º.- Calle Virgen del Sagrario, 3.

26º.- Avenida Marqués de Corbera, 60.

27º.- Calle José Arcones Gil (parque Doctor Cirajas).

28º.- Calle Virgen de la Roca, c/v avenida Donostiarra.

29º.- Calle Virgen de la Alegría/Virgen del Coro.

30º.- Parque Baterías.

31º.- Calle Luis Ruiz/Vital Aza. 

32º.- Calle José Luis de Arrese/María Teresa Sáenz de Heredia.

33º.- Calle José del Hierro, 62.

34º.- Calle Torrelaguna, 67.

35º.- Calle Arturo Soria, 68.

36º.- Calle Esteban Mora, frente a mercado.

 

2) Situados Vacantes.

  

1º.- Calle Virgen del Sagrario, 22.

2º.- Calle Alcalá/Argentina.

3º.- Avenida Badajoz/Torrelaguna.

4º.- Calle José del Hierro/Hermanos de Pablo.

5º.- Parque público Salvador de Madariaga.

6.- Avenida Marqués Corbera, 38.

7.- Calle Virgen de la Alegría (frente al cine).

8º.- Callejón Capote/Alcalá.

9º.- Calle Arturo Soria/López de Aranda.

 

El periodo de vigencia de las autorizaciones es de 15 años de acuerdo con el contenido del artículo 9.4 de la Ley 1/1997, de 8 de enero, de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica, y según el régimen transitorio establecido.

 

La instalación de los puestos de helados, será entre el 15 de marzo y el 31 de octubre de cada año.

   

Plazo de presentación de las solicitudes durante todo el año.

  

Puestos de melones y sandías.

   

1º.- Situado Vacante.

  

Calle Virgen del Sagrario/Virgen de Lluc.

  

El periodo de vigencia de las autorizaciones es de 15 años de acuerdo con el contenido del artículo 9.4 de la Ley 1/1997, de 8 de enero, de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica, y según el régimen transitorio establecido.

 

La instalación de los puestos de melones y sandías, será entre el 15 de marzo y el 31 de octubre de cada año.

Plazo de presentación de las solicitudes durante todo el año.

 

Puestos de castañas y tubérculos asados.

   

1) Prórroga.

  

1º.- Calle Alfonso Paso/Alcalá.

2º.- Calle Alcalá/Virgen del Sagrario.

3º- Calle Ascao/Gutierre de Cetina.

        

2) Situados Vacantes.

      

1º.- Avenida Marqués de Corbera/parque del Dragón.

2º.- Calle Arturo Soria/López de Hoyos.

  

El periodo de vigencia de las autorizaciones es de 15 años de acuerdo con el contenido del artículo 9.4 de la Ley 1/1997, de 8 de enero, de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica, y según el régimen transitorio establecido.

 

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