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BOAM nº 9891 (03/06/2025)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2209

Resolución de 30 de mayo de 2025 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a a ayudas a entidades productoras de compañías de teatro, circo, danza y títeres 2025.

El 9 de abril de 2025 se publicó el Decreto de 26 de febrero de 2025 de la Delegada de Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ayudas a entidades productoras de compañías de teatro, circo, danza y títeres 2025 y sus correspondientes bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 9.857 y simultáneamente el extracto del decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º 84.

 

Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los documentos presentados junto con la solicitud, en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a ayudas a entidades productoras de compañías de teatro, circo, danza y títeres 2025 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la correspondientes bases y en el artículo 24 apartados 1, 2 y 3 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Conceder un plazo de 10 días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reúnen los requisitos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a ayudas a entidades productoras de compañías de teatro, circo, danza y títeres 2025, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la citada convocatoria.

 

SEGUNDO.- Publicar esta disposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), según lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13 de la convocatoria.

 

 

Madrid, a 30 de mayo de 2025.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.

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