BOAM nº 8012 (16/10/2017)
Agencia Tributaria Madrid
2220
Resolución de 10 de octubre de 2017, del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace público el listado del personal adscrito a la Agencia Tributaria Madrid a quienes se les ha concedido o denegado la ayuda de estudios para la formación de las hijas y de los hijos, convocatoria 2017.El Acuerdo de 29 de diciembre de 2011 por el que se aprueba el Texto Refundido del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2012-2015, recoge en el artículo 31, establece que la ayuda de estudios para la formación de los hijos y las hijas consistirá en el abono de una ayuda económica dirigida a compensar, en parte, los gastos derivados de los estudios reglados que cursen los hijos e hijas menores de 27 años del personal municipal (incluidas las situaciones de acogimiento) a que se refiere el artículo 21.1 de este Acuerdo-Convenio.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de diciembre de 2016 se aprobó el Acuerdo de 2 de diciembre de 2016 de la Comisión Técnica de Acción Social sobre las Bases de las Ayudas de Acción Social para 2017, publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, BOAM), de fecha 27 de diciembre de 2016.
Realizada la adjudicación entre las personas solicitantes del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos que cumplen requisitos, el crédito ha alcanzado hasta la renta minorada en la modalidad A de 30.781,17 €, modalidad B de 35.103,15 € y modalidad C de 36.719,52 €, siendo el importe total asignado para la modalidad A: 300.000 €, la modalidad B: 200.000 € y la modalidad C: 400.000 €.
Las bases generales de las Ayudas de Acción Social para 2017, en su artículo 4 puntos 3 c) y 4, establecen que las relaciones de solicitudes concedidas y denegadas se publicarán en la intranet municipal "Ayre". Asimismo se publicará en el BOAM extracto del anuncio que se expondrá, junto con dichas relaciones, en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, n.º 5 - segunda planta.
De conformidad con el artículo 15.1 apartado L), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones del Director, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.
En consecuencia con lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
PRIMERO.- Publicar en la intranet municipal Ayre la relación de la ayuda de estudios para la formación de los hijos y las hijas del personal adscrito al Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid que han sido concedidas y denegadas en la convocatoria del año 2017 mediante Resolución del Director de la Agencia Tributaria Madrid de 9 de octubre de 2017, y que figuran incluidas en los anexos I y II, respectivamente.
SEGUNDO.- Ordenar la exposición de la citadas relaciones en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Secretaría Técnica y Servicios Jurídicos de Tributos de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, n.º 5 - segunda planta, y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Contra esta resolución, el personal funcionario podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de conformidad con lo que establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
El personal laboral podrá formalizar contra esta resolución demanda ante la vía judicial laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, en la forma y plazos establecidos en la norma citada y en el Estatuto de los Trabajadores.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente conforme determina el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 10 de octubre de 2017.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.