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BOAM nº 8031 (14/11/2017)
Distrito de Latina

2454

Decreto de 31 de octubre de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que han de regir el IX Certamen de Villancicos curso escolar 2017/2018 del Distrito de Latina.

La Sección de Educación del Distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, desde la cercanía y proximidad que ofrece el distrito, planifica actividades destinadas a los centros escolares que complementan la programación educativa que la Dirección General de Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo oferta a nivel global al municipio de Madrid.

 

La presente convocatoria se enmarca dentro del objetivo del Distrito de Latina denominado “Promover la participación y el desarrollo de la creatividad mediante el fomento de actividades artísticas y la realización de certámenes y concursos escolares”, que para su cumplimiento realiza diferentes certámenes a lo largo del curso escolar.

 

El IX Certamen de Villancicos curso escolar 2017/2018 se crea con el propósito de fomentar el trabajo en equipo, la cooperación, la cohesión grupal, el clima escolar positivo y la creatividad musical, contribuyendo al desarrollo integral de los niños y niñas y al reconocimiento del trabajo del profesorado que participa en el proyecto motivando a su alumnado.

 

Con la finalidad de alcanzar estos objetivos en materia educativa se convoca el IX Certamen de Villancicos curso escolar 2017/2018, que se regirá por las disposiciones establecidas en esta convocatoria.

 

1. Objeto de la convocatoria.

Constituye el objeto de las presentes bases la regulación y la convocatoria del IX Certamen de Villancicos curso escolar 2017/2018 del Distrito de Latina.

 

2. Régimen jurídico aplicable.

2.1.  El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia y demás disposiciones que resulten de aplicación.

2.2. La financiación de la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 001/210/2017/326.01/482.03 “Servicios complementarios de educación. Premios”, del presupuesto municipal de gastos del presente ejercicio, por un importe de 875 euros.

 

3. Destinatarios.

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Latina que impartan las enseñanzas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria del Distrito de Latina.

 

4. Requisitos.

4.1. Cada centro escolar podrá presentar a concurso un único coro que deberá interpretar un villancico libre.

4.2. Los alumnos y alumnas participantes deberán cursar estudios de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en los centros escolares del Distrito de Latina, según el punto 3 de las presentes bases.

4.3. El villancico deberá contar con alguna aportación inédita respecto a los siguientes aspectos: letra, música o escenografía.

4.4. La interpretación del villancico no podrá exceder de cinco minutos.

4.5. Las agrupaciones estarán formadas por un máximo de 50 voces.

4.6. Deberá haber un profesor/a responsable del grupo que actuará como interlocutor entre la Sección de Educación del Distrito de Latina y el centro educativo.

4.7. El director/a del centro o representante legal, deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción, en la que manifiesta no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que acepta plenamente el contenido de las bases de la presente convocatoria.

4.8. El director/a del centro o representante legal deberá aportar, junto con la solicitud de inscripción, copia de la documentación que acredite su capacidad jurídica para representar y vincular al centro escolar correspondiente.

4.9. Los certificados y declaraciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de expedición o emisión. Si hubiesen caducado durante el proceso, el beneficiario deberá presentar una certificación o declaración actualizada a requerimiento del órgano gestor.

 

5. Presentación de solicitudes.

5.1. Cada centro escolar podrá inscribir al certamen un único coro.

5.2. Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo que se anexa a la presente convocatoria. El modelo de solicitud podrá obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

5.3. Las solicitudes junto con los anexos y documentación exigida, podrán presentarse presencialmente en el Registro del Distrito de Latina, avenida de las Águilas, 2, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), o a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es.

5.4. La documentación requerida deberá presentarse junto con la solicitud, tanto si se hace de forma presencial como telemática.

5.5. Plazo de presentación: las solicitudes de participación podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el día 24 de noviembre de 2017, incluido.

5.6. En el impreso de solicitud, en el apartado relativo a los datos del centro, deberá constar la denominación completa que coincida con la razón social del centro de que se trate. En la casilla relativa a nombre deberá figurar el que reciba el centro escolar. En el caso de que no existiere coincidencia entre la razón social y el nombre del centro, se acompañará la documentación justificativa suficiente que permita conocer su vinculación.

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