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BOAM nº 6026 (22/09/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

1829

Resolución de 11 de septiembre de 2009 del Coordinador General de Recursos Humanos por la que se declara desierto el Concurso General de Méritos FG-14/2009, para la provisión de puestos de trabajo en el Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales, convocado por Resolución del Coordinador General de Recursos Humanos de fecha 18 de marzo de 2009.

Por Resolución de fecha 18 de marzo de 2009 del Coordinador General de Recursos Humanos, se convocó el Concurso General de Méritos FG-14/2009, para la provisión de puestos de trabajo en el Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales.

 

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes fijado en la convocatoria no se ha presentado ninguna solicitud que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria.

 

Así y en virtud del artículo 18.e) del Acuerdo de 5 de junio de 2008, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,

 

RESUELVO

 

Declarar desiertos los puestos que se relacionan en el Anexo.

 

La presente Resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Coordinador General de Recursos Humanos, o bien, directamente, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Madrid, a 11 de septiembre de 2009.- El Coordinador General de Recursos Humanos, Fernando Bermejo Cabrero.

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