BOAM nº 8031 (14/11/2017)
Gerencia de la Ciudad
2461
Resolución de 6 de noviembre de 2017 de la Gerente de la Ciudad por la que se sustituye a un Vocal Titular del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer por promoción interna independiente 40 plazas de Técnico Auxiliar de Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de la Gerente de la Ciudad de fecha 10 de octubre de 2017 (BOAM n.º 8.015, de 19 de octubre de 2017) fueron nombrados los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer por promoción interna independiente 40 plazas de Técnico Auxiliar de Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid.
D. Jorge Casarrubios Vélez, Vocal Titular del Tribunal Calificador, ha presentado renuncia por motivos personales, debido a lo cual se propone nombrar a D. Pedro Ajenjo Martínez como nuevo Vocal Titular.
Corresponde al titular de la Gerencia de la Ciudad la competencia para efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º, punto 2.6 l), del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas,
RESUELVO
Primero.- Nombrar a D. Pedro Ajenjo Martínez como Vocal Titular del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 9 de mayo de 2017 para proveer por promoción interna independiente 40 plazas de Técnico Auxiliar de Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, en sustitución de D. Jorge Casarrubios Vélez.
Segundo: Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).
Tercero.- Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).
Madrid, a 6 de noviembre de 2017.- La Gerente de la Ciudad, Carmen Román Riechmann.