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BOAM nº 10089 (19/03/2026)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Decreto de 13 de marzo de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados (EUROTAXI) Cambia 360, correspondiente a la anualidad 2026.

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que tiene como uno de sus principios rectores el de cautela y acción preventiva, establece, en el ámbito de la Administración local, para los municipios de más de 100.000 habitantes y las aglomeraciones, determinadas obligaciones, como la de elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire y la de integrar las consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas sectoriales.

 

Según los datos del Inventario de Emisiones Contaminantes a la Atmosfera del Ayuntamiento de Madrid, en 2022, el transporte por carretera fue el responsable del 33% de las emisiones directas de GEI (gases de efecto invernadero) y el que más porcentaje supone de todos los grupos de actividad con emisiones de GEI.

 

El Estudio del Parque Circulante de la ciudad de Madrid 2024, realizado por la Dirección General de Sostenibilidad y Planificación de la Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, contempla una caracterización del parque circulante, señalando que el taxi representa el 3,85 % del total de recorridos realizados en el municipio, que asciende al 10,04 % en el interior de la M30.

 

Madrid cuenta con un total de 15.812 licencias de autotaxi que prestan servicio en el Área de Prestación Conjunta de Madrid, como área territorial única de prestación del servicio de taxi. Teniendo además en cuenta que el sector del taxi realiza desplazamientos de aproximadamente 200 km. por unidad y día, incidir en la reducción de las emisiones derivadas de la flota de autotaxi en Madrid beneficia sin lugar a duda a la calidad del aire de la ciudad. Como consecuencia de la cantidad de kilómetros recorridos por los vehículos taxi en el ámbito urbano, la incidencia del sector del taxi en el conjunto de las emisiones procedentes del tráfico rodado es relevante. Dentro de las políticas de mejora medioambiental del Ayuntamiento de Madrid, cabe destacar los planes y protocolos de calidad del aire y cambio climático y actuaciones de carácter normativo.

 

Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de 7 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se resuelven las alegaciones presentadas y se aprueba definitivamente el Plan de Movilidad Sostenible Madrid 360 existe un objetivo general de reducir los desplazamientos en coche, que no sobrepasen el 30% de los desplazamientos en 2030 (el taxi supone el 7% de los vehículos-km en la ciudad de Madrid, un 10% en el interior de M30).

 

Además, el artículo 8 del Real Decreto 1544/2007, de 23 noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, establece que en todos los municipios, los ayuntamientos promoverán que al menos un 5 por 100, o fracción, de las licencias de taxi correspondan a vehículos adaptados, debiendo planificarse la consecución de dicho porcentaje por los ayuntamientos antes del año desde la entrada en vigor de este Real Decreto, y ejecutarse, sin superar los diez años, tras la entrada en vigor del mismo.

 

Considerando esta previsión normativa, la Ordenanza Reguladora del Taxi, dispone en su artículo 21 que el Ayuntamiento adoptará las medidas oportunas para que los vehículos adaptados alcancen el porcentaje de la flota de autotaxi establecido en la normativa sectorial aplicable y dentro del plazo previsto en la misma.

 

Por ello, uno de los objetivos de esta convocatoria es incrementar la adquisición de vehículos autotaxi más accesibles, contribuyendo a alcanzar los objetivos y conseguir que el 5% de la flota efectiva sean vehículos adaptados (Eurotaxi), en cumplimiento de la normativa estatal de accesibilidad mencionada anteriormente.

 

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027 aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno, de 18 de julio de 2024, establece el objetivo estratégico 4 "Contribuir a una ciudad verde y saludable".

 

Para su consecución, incluye en la línea de subvención 10 "Promocionar la movilidad sostenible", y en el objetivo específico 36 "Mejorar la calidad del aire y reducir las emisiones potenciando el uso de vehículos menos contaminantes", la actuación 270 "Convocatoria para la adquisición de vehículos autotaxi que cuenten con la etiqueta ECO o 0 emisiones de la DGT".

 

Esta convocatoria tiene por objeto regular el contenido y el procedimiento de concesión de las ayudas para la adquisición de vehículos eurotaxi y la adquisición y transformación de vehículos eurotaxi, nuevos o de segunda mano, recogiendo dos tramos de subvención con el fin de impulsar la renovación de la flota de vehículos menos contaminantes y accesibles.

 

Con esta convocatoria se pretende incrementar la adquisición de vehículos autotaxi menos contaminantes y más accesibles, contribuyendo a alcanzar los objetivos de calidad del aire y conseguir que el 5% de la flota efectiva sea eurotaxi, en cumplimiento de la normativa estatal de accesibilidad (artículo 8 del Real Decreto 1544/2007, de 23 noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad).

 

De conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3.º 1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 29 de junio de 2023 (BOCM n.º 172, de 21 de julio de 2023),

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados (eurotaxi) Cambia 360, correspondiente a la anualidad 2026, que se incorpora en el anexo de este decreto.

 

SEGUNDO.- La concesión de subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento del otorgamiento.

 

TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

CUARTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información sobre esta convocatoria y las subvenciones concedidas.

 

Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

 

Madrid, a 13 de marzo de 2026.- El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

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