BOAM nº 7943 (07/07/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1537
Acuerdo de 5 de julio de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 por el que se establecen las condiciones de trabajo y retributivas de la Escala Técnica del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.La redacción actual del Acuerdo sobre condiciones de trabajo y retributivas de la Escala Técnica del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid fue aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de diciembre de 2016, modificado parcialmente por Acuerdo de 30 de marzo de 2017. Mediante dichos Acuerdos la Corporación procedió a regular de manera unilateral, y ante la falta de acuerdo con las Centrales Sindicales en la Mesa Sectorial de Negociación, las condiciones de trabajo del personal de la Escala Técnica.
No obstante, en determinados artículos del Acuerdo y a pesar del carácter unilateral del mismo, se establece la necesidad de aprobación en Mesa Sectorial de aspectos tales como la revisión de las causas de baja y alta en la jornada por la que hubiera optado el trabajador (artículo 6.4), la revisión de las causas que puedan justificar el alta o baja en la bolsa de guardias extraordinarias (artículo 7.4), la conversión de guardias extraordinarias en jornadas de gestión (artículo 7.5), o el paso a segunda actividad (artículo 13).
Se trata en todo caso de aspectos que afectan a la organización del Servicio, especialmente por lo que se refiere a la conversión de guardias extraordinarias en jornadas de gestión y el pase a segunda actividad, y tratándose de un acuerdo unilateral y que no ha contado con la aprobación de las Centrales Sindicales no puede dejarse condicionado al acuerdo con las mismas, por lo que es necesario su modificación para que su aprobación dependa de la Dirección del Servicio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2016, de 4 de julio de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la competencia para la adopción del presente acuerdo corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de julio de 2017,
ACUERDA
Primero.- Modificar el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de diciembre de 2016, por el que se establecen las condiciones de trabajo y retributivas de la Escala Técnica del Cuerpo de Bomberos, modificado parcialmente por Acuerdo de 30 de marzo de 2017, en los términos que se recogen en el Anexo al presente Acuerdo.
Segundo.- Se habilita al titular de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el presente Acuerdo.
Tercero.- Este Acuerdo surtirá efectos desde su aprobación por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 5 de julio de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.