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BOAM nº 9033 (13/12/2021)
Distrito de Fuencarral-El Pardo

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Decreto de 30 de noviembre de 20210 del Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral El Pardo por el que se aprueba la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2021.

Con fecha 15 de septiembre de 2021 se publicó en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid la propuesta de resolución provisional de la Convocatoria Pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del ejercicio 2021, de conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013, modificada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno 31 de mayo de 2017.

 

Al amparo del artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 17 de las bases reguladoras de la presente convocatoria, tras la publicación de la propuesta provisional en Sede Electrónica, se abrió un plazo de diez días hábiles para que las entidades formularan las alegaciones que estimaran oportunas.

 

Finalizado el plazo se han presentado tres alegaciones que fueron examinadas por el órgano instructor y la Comisión de Valoración el día 5 de octubre de 2021:

 

- Club Deportivo Elemental Unión Deportiva Arroyofresno. Presentada por registro alegación. Revisado su expediente se comprueba que está inscrita en Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, presentada la solicitud de subvención con nombre distinto al que figura en el censo. La convocatoria de subvenciones establece, en el artículo 7, el plazo y forma de presentación de las solicitudes. Estableciendo "Convocatoria ordinaria 2021: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid". Habiéndose publicado el 24 de mayo y presentándose la solicitud el 15 de junio fuera de plazo establecido, por lo que procede su inadmisión.

 

- F. Erasmus Student Network España: Presentada por registro alegación. Revisada su alegación de expediente se comprueba que está inscrita en Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid. La convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo establece, en el artículo 13, el procedimiento de concesión para la modalidad de Gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sedes sociales u otros espacios teniendo una puntación igual o superior a 40 puntos. La entidad no ha alcanzado 40 puntos, por lo que procede a su desestimación.

 

- Asociación Española de Personas con Alergia a Alimentos y Látex - AEPNAA. Presentada por registro alegación. Revisada su alegación de expediente se comprueba que está inscrita en Registro de Entidades Ciudadanas en el Distrito de Carabanchel. La convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo de los distritos está destinada a asociaciones de base, que tengan su domicilio social en el distrito y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid (artículo 5 de las bases de la convocatoria), por lo que procede su inadmisión al no ser una asociación de base con domicilio social en el distrito.

 

Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, se somete a la aprobación del Concejal Presidente de este distrito, órgano competente para resolver el presente expediente, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.449, de 29 de julio de 2019).

 

Habiendo comprobado que la propuesta se ajusta a la normativa aplicable en cumplimiento del acuerdo plenario de 27 de marzo de 2019 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 27.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013, y en el artículo 18 de la convocatoria, el órgano instructor que suscribe formula por tanto propuesta de resolución definitiva, según la relación que se adjunta:

 

"1.- Aprobar la concesión de subvenciones a las entidades, para los proyectos, gastos de alquiler y funcionamiento de sede social y gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento por los importes que figuran en la relación siguiente así como la relación de solicitudes desestimadas y no admitidas a trámite por dichos conceptos. En resolución de la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Fuencarral El Pardo para el ejercicio 2021 aprobada por Decreto de 5 de mayo de 2021.

 

2.- Disponer el gasto a favor de las entidades y por los importes que se indican en la relación con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2021/1/001/208/924.01/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" y 2021/1/001/208/924.01/789.01 "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2021.

 

3.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica https://sede.madrid.es, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

4.- Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa".

 

Madrid, a 30 de noviembre de 2021.- El Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral El Pardo Francisco Javier Ramírez Caro.

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