BOAM nº 7805 (16/12/2016)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
2640
Resolución de 14 de diciembre de 2016 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se resuelve la convocatoria de dos puestos de trabajo para ser provistos por el procedimiento de Libre Designación LD-IAM 7-2016.Por Resolución de 25 de octubre de 2016 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, BOAM n.º 7.775, de 31 de octubre de 2016, se convocaron dos puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-IAM 7/2016.
En virtud de la competencia prevista en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, aprobados el 29 de junio de 2004 (BOAM 02.07.2004), a la vista de los currículos presentados por los diferentes candidatos,
RESUELVO
PRIMERO.- Declarar desiertos los dos puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I.
SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos de la Gerencia de la Ciudad, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 14 de diciembre de 2016.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Fernando Pérez Sánchez.