BOAM nº 7413 (18/05/2015)
Agencia para el Empleo de Madrid
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Resolución de 30 de abril de 2015 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se corrigen errores materiales advertidos en la Resolución de 21 de abril de 2015 por la que se aprueban la convocatoria y bases reguladoras para la constitución de bolsa de trabajo para la selección de personal laboral a efectos de contratación temporal en puesto de monitor.Advertido error en la convocatoria y bases reguladoras para la contratación temporal y creación de bolsa de trabajo de monitores aprobada por Resolución de 21 de de abril de 2015 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 27 de abril de 2015), en aplicación de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se rectifica lo siguiente:
En el anexo II de la convocatoria REF.: 13/2015 donde dice:
REQUISITOS ESPECÍFICOS
Titulación Académica: Técnico en Cocina. Certificado de Profesionalidad de nivel 3 de la familia Profesional de Hostelería y Turismo en el Área Profesional de Restauración. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, los aspirantes deberán estar en posesión de la documentación que acredite su homologación.
· Experiencia profesional de al menos tres años en la unidad de competencia: Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento y preparar y presentar bebidas sencillas y comidas rápidas. La experiencia profesional requerida será de un año en el caso de poseer alguno de los siguientes títulos: Licenciado en Ciencia y Tecnología de los alimentos, Licenciado en Veterinaria, Técnico Superior en Restauración o Técnico en Cocina.
debe decir:
REQUISITOS ESPECÍFICOS
Titulación Académica: Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Hostelería y Turismo. Certificado de Profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia Profesional de Hostelería y Turismo en el Área Profesional de Restauración En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, los aspirantes deberán estar en posesión de la documentación que acredite su homologación.
· Experiencia profesional de al menos un año en la unidad de competencia: Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento y preparar y presentar bebidas sencillas y comidas rápidas. La experiencia profesional requerida será de tres años en el caso de no poseer acreditación.
Madrid, a 30 de abril de 2015.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.