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BOAM nº 9990 (22/10/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3895

Resolución de 21 de octubre de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer en turno libre, 101 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Resolución de 7 de diciembre de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.279, de 9 de diciembre de 2022), se convocaron las pruebas selectivas para la provisión, en turno libre, de 82 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, que fueron posteriormente ampliadas a 101 plazas mediante Resolución de 29 de diciembre de 2022 («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.294, de 2 de enero de 2023) del Coordinador General de Seguridad y Emergencias.

 

Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador publicó el 23 de septiembre de 2025 la calificación definitiva con la relación de aprobados/as por el orden de puntuación alcanzado en el Tablón de Edictos, elevándola, simultáneamente, al titular del órgano competente para su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid». Publicada la relación de aprobados/as en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», se inicia a partir del día siguiente, el plazo para que los aspirantes presenten los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los apartados 10.1 y 11.1 de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020).

 

Corresponde al titular de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal de las categorías propias de SAMUR-Protección Civil, de conformidad de lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Directora General de SAMUR-Protección Civil, y en uso de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la relación de 101 aspirantes, incorporada como anexo a la presente resolución que, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 7 de diciembre de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.279, de 9 de diciembre de 2022), por la que se convocaron las pruebas selectivas para la provisión, en turno libre, de 82 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, que fueron posteriormente ampliadas a 101 plazas mediante Resolución de 29 de diciembre de 2022 («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.294, de 2 de enero de 2023) del Coordinador General de Seguridad y Emergencias

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

 

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en la base séptima de las bases que rigen esta convocatoria, al objeto de ser nombrados funcionarios de carrera en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario, para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil, los/las aspirantes propuestos/as aportarán dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» los documentos que a continuación se relacionan, siempre que no obren en poder de la Administración o que no se autorice su consulta por medios electrónicos:

 

- Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.

 

En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

 

- Las personas extranjeras que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España, y hayan participado para el acceso a plazas de personal laboral, deberán aportar fotocopia y original de la tarjeta o autorización de residencia.

 

- Fotocopia y original del título exigido en el anexo de las presentes bases, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de este.

 

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.

 

- Certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia, en el que conste que no existe información penal del/de la interesado/a.

 

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

 

Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no estar inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, acceder a la función pública.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

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