BOAM nº 7741 (12/09/2016)
Madrid Salud
1920
Resolución de 2 de septiembre de 2016 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitudes que requieren ser subsanadas correspondientes a los meses de enero a junio de las ayudas asistenciales del Organismo Autónomo Madrid Salud, año 2016.Por Acuerdo de 17 de diciembre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de la Comisión Técnica de Acción Social, en su sesión de fecha 4 de diciembre de 2015, que aprobó las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2016 así como las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social.
Conforme a la "Base Específica de la Ayuda Asistencial", esta ayuda puede solicitarla el personal en activo, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, así como el cónyuge e hijos incluidos en su unidad familiar, en los términos definidos en las bases generales.
Las Bases Generales de Acción Social en su artículo 7 regulan el procedimiento de tramitación y, en cumplimiento del apartado 2 del mismo, corresponde publicar solicitudes que requieren ser subsanadas presentadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 15 de junio del primer plazo de la convocatoria.
En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia
RESUELVE
Primero.- Publicar en el Tablón de Anuncios de Madrid Salud, avenida del Mediterráneo, 62, y en la intranet municipal Ayre la relación de trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Madrid Salud, cuyas solicitudes requieren ser subsanadas, correspondientes al primer plazo de las ayudas asistenciales, es decir, las presentadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 15 de junio de 2016 para facturas expedidas del 1 de enero al 31 de mayo de 2016.
Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid extracto del anuncio.
En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida, de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.
Madrid, a 2 de septiembre de 2016.- El Gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.