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BOAM nº 9198 (10/08/2022)
Alcaldía

2388

Decreto de 8 de agosto de 2022 del Alcalde por el que se convoca la audiencia pública simplificada sobre el Plan de Acción Local “Agenda Urbana 2030”.

El artículo 27 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid configura la audiencia pública como un espacio de participación para la presentación pública por parte del Ayuntamiento y posterior debate entre este y la ciudadanía, sobre cuestiones especialmente significativas de la acción municipal.

 

Atendiendo a esta regulación básica, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, aprobó el 15 de septiembre de 2016 el acuerdo por el que se adoptan las directrices para el desarrollo de las audiencias públicas simplificadas que se realicen a través de la web de Gobierno Abierto Decide Madrid.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana propone un debate ciudadano para contar con la opinión de los vecinos y vecinas para la elaboración del Plan de Acción Local "Agenda Urbana 2030".

 

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, así como el artículo 27 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, en relación con el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 15 de septiembre de 2016, por el que se aprueban las directrices reguladoras del procedimiento de audiencia pública simplificada que se realicen a través de la web de Gobierno Abierto y a la vista de la propuesta emitida por la titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Convocar la audiencia pública simplificada, sobre el Plan de Acción Local "Agenda Urbana 2030", a través del cuestionario que se adjunta como anexo al presente decreto y que estará disponible, durante todo el periodo que dure la audiencia, en la página web de participación ciudadana del Ayuntamiento de Madrid (decide.madrid.es), para que puedan participar las personas que se indican en el apartado tercero del presente decreto.

 

SEGUNDO.- La duración de esta audiencia pública será de 15 días naturales, del 16 de agosto al 30 de agosto de 2022 (ambos inclusive).

 

TERCERO.- Podrá participar en este proceso la ciudadanía mayor de 16 años empadronada en la ciudad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.3 de las directrices para el desarrollo de las audiencias públicas simplificadas a través de la web de Gobierno Abierto, aprobadas en Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 15 de septiembre de 2016.

 

CUARTO.- Aprobar el anexo de preguntas, por medio del cual se canalizará la presente audiencia pública y que forma parte inseparable del presente decreto, el cual estará disponible en la forma y en los plazos que en él se establecen.

 

QUINTO.- Facultar a la titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana para dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente decreto.

 

SEXTO.- Este decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 8 de agosto de 2022.- El Alcalde (P.S., Decreto de 29 de julio de 2022 del Alcalde), la Delegada del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, Paloma García Romero.

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