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BOAM nº 7547 (26/11/2015)
Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones

2132

Resolución de 16 de noviembre de 2015 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno por la que se hace pública la resolución de la convocatoria pública de subvenciones a federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones que desarrollen proyectos de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana en la anualidad 2015.

El Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones, en virtud de las atribuciones delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 2 de julio de 2015, ha adoptado con fecha 29 de octubre de 2015 decreto de concesión de subvenciones y desestimación de solicitudes, en los siguientes términos:

 

"Primero: Aprobar la concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, para los proyectos y por los importes que figuran en el Anexo I, en resolución de la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, para el ejercicio 2015, aprobada por Decreto de 17 de febrero de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/033/231.04/489.01 del presupuesto municipal vigente.

 

Segundo: Desestimar las solicitudes de subvenciones de las entidades y para los proyectos que figuran en el Anexo II por las causas que se indican en el mismo.

 

Tercero: Declarar desistida en su derecho a la entidad que figura en el Anexo III por las causas que se indican en el mismo".

 

Asimismo, se procede a sustituir el nombre de la entidad perceptora Federación ASPACE MADRID, que figuraba en la propuesta y el anuncio de resolución definitiva, por la denominación en su nombre en extenso "Asociación Madrileña de Organizaciones de atención a las personas con parálisis cerebral y afines".

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente a que se refiere el siguiente apartado (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

2. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). El recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que hubiere dictado la disposición o el acto originario impugnado (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 16 de noviembre de 2015.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Ignacio Ramírez García.

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