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BOAM nº 7839 (03/02/2017)
Ayuntamiento Pleno

223

Acuerdo de 31 de enero de 2017 del Pleno por el que se aprueba la creación de la Comisión de Seguimiento de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid y la regulación de su composición y funcionamiento.

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (2/2017), ordinaria, celebrada el día 31 de enero de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la creación de la Comisión de Seguimiento de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid y la regulación de su composición y funcionamiento que se adjunta como anexo".

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración, aprobado por acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2004, se procede a la publicación del texto aprobado.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta (artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 31 de enero de 2017.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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