BOAM nº 7563 (21/12/2015)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
2314
Resolución de 16 de diciembre de 2015 del Director General de Estrategia Urbana por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión, provisional, de subvención a beneficiarios de las ayudas destinadas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios.De acuerdo con los artículos 11.4 y 16 del Decreto de 22 de diciembre de 2011 de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por los que se aprueban la convocatoria pública de subvenciones 2012 destinadas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios, debe procederse a la notificación de la resolución provisional de concesión a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las fechas que se indican en cada caso, el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha dictado resolución provisional de concesión de subvención para cada uno de los beneficiarios del Anexo, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de concesión provisional. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Subdirección General de Ayudas a la Regeneración del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, n.º 21, 28042 Madrid.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para que los solicitantes puedan presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo sin que por parte de los solicitantes se presenten alegaciones, se tendrá por resolución definitiva que se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Además se podrá consultar en la página web del Ayuntamiento de Madrid.
La presente resolución no genera derecho ninguno a favor de los beneficiarios propuestos. Únicamente la publicación de la resolución definitiva generará estos derechos.
Madrid, a 16 de diciembre de 2015.- El Director General de Estrategia Urbana, Juan Manuel Fernández Alonso.