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BOAM nº 8003 (02/10/2017)
Ayuntamiento Pleno

2087

Acuerdo de 27 de septiembre de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se rectifica el error material advertido en el acuerdo del Pleno de 20 de julio de 2017, por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito, por importe 11.006.481,57 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias; Medio Ambiente y Movilidad; y Cultura y Deportes; y Distritos de Retiro y Moncloa-Aravaca).

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (26/2017), ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Primero.- Rectificar el error material advertido en el Acuerdo de 20 de julio de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 11.006.481,57 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias; Medio Ambiente y Movilidad; y Cultura y Deportes; y Distritos de Retiro y Moncloa-Aravaca), en los términos que a continuación se indican:

 

Donde dice "4.136.390,27 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/341.02/226.09 "actividades culturales y deportivas" del programa 341.02 "coordinación y fomento del deporte" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017", debe decir "4.136.390,27 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/341.02/226.99 "otros gastos diversos" del programa 341.02 "coordinación y fomento del deporte" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017".

 

Segundo.- El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 27 de septiembre de 2017.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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