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BOAM nº 7409 (11/05/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 7 de mayo de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid para el año 2015.

El presente Acuerdo tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Públicos para el ejercicio 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

 

La Oferta de Empleo para el ejercicio 2015 viene definida por los principios de racionalización y contención del gasto público que han de presidir la actuación de todas las Administraciones Públicas y persigue el objetivo de seguir avanzando en una óptima planificación de los recursos humanos, en consonancia con lo establecido en el Acuerdo de 20 de diciembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el programa de medidas de eficiencia organizativa y de recursos humanos del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos autónomos, conjugando las necesidades de efectivos que se produzcan especialmente en los sectores prioritarios, con una distribución racional del volumen de los recursos humanos existentes, garantizando en definitiva una prestación de servicios públicos de calidad que satisfagan las expectativas de los ciudadanos y la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles.

 

De esta manera, se incluyen plazas que se concentran únicamente en los sectores prioritarios y esenciales dentro de la tasa máxima de reposición de efectivos del 50 por 100 autorizada por la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, en los sectores de policía, bomberos, control de la asignación eficiente de los recursos públicos y su gestión.

 

Asimismo, y al objeto de conjugar la planificación de los recursos humanos con la atención de las expectativas profesionales del personal funcionario, merece especial mención la apuesta por la promoción interna, configurada en la Ley 7/2007, de 12 de abril, como una de las medidas de planificación de recursos humanos, que permite la progresión en la carrera profesional desde los niveles inferiores a los superiores, que tiene su reflejo en la reserva de plazas que para promoción interna en las Escalas de Administración General y de Administración Especial se contemplan en la presente Oferta de Empleo.

 

La competencia para la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de conformidad con el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y el artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por el Pleno en sesión de 22 de diciembre de 2005 (BOCM de 28 de febrero de 2006).

 

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos, en su artículo 3, apartado 3.2.h), se delega en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para elevar a la Junta de Gobierno el proyecto anual de Oferta de Empleo Público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos públicos.

 

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 7 de mayo de 2015,

 

ACUERDA

 

Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público para el año 2015 con el número de plazas de personal funcionario de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos públicos que figuran en el Anexo, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.

 

Segundo.- Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución.

 

Tercero.- Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público, éstas podrán incorporar las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años desde la fecha de aprobación del presente Acuerdo.

 

Asimismo, las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público podrán incorporar las plazas correspondientes a procesos selectivos derivados de ofertas anteriores si resultasen vacantes algunas de las plazas convocadas, pudiendo, no obstante, efectuarse convocatorias extraordinarias de las referidas vacantes.

 

Cuarto.- El presente Acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Estado para el año 2015 y se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 7 de mayo de 2015.- El Coordinador General de la Alcaldía, Juan Antonio Gómez-Angulo.

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