BOAM nº 7757 (04/10/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
2078
Acuerdo de 29 de septiembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Plan Especial de Productividad para el Servicio de Guardias Veterinarias del Organismo Autónomo Madrid Salud.El Organismo Autónomo Madrid Salud del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, ostenta, entre las competencias atribuidas por sus Estatutos de creación, la gestión de las políticas municipales en materia de Salud Pública, incluyéndose en dicha competencia el garantizar la protección y bienestar de los animales en el término municipal de Madrid.
Cuenta para ello con el Departamento de Servicios Veterinarios adscrito al Servicio de Coordinación que actualmente desarrolla sus funciones en el marco de las competencias establecidas en la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento General, cuyos dos objetivos básicos son la actuación sobre las poblaciones de animales domésticos para su sanidad y bienestar minimizando los impactos en Salud Pública y el fomento de la adopción de los animales en la ciudad de Madrid.
Conforme a la referida normativa corresponde a los ayuntamientos recoger los animales abandonados y para su cumplimiento, el Ayuntamiento de Madrid dispone del Centro de Protección Animal (CPA) de Madrid Salud, en cuyas instalaciones se albergan los animales recogidos, así como otros que ingresan por razones de sanidad animal, seguridad, o por encontrarse en situación de desamparo.
El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar el Plan Especial de Productividad para el Servicio de Guardias Veterinarias del Organismo Autónomo Madrid Salud, en aplicación de las medidas y actuaciones de control que se inspiran en la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid y el Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento General.
En este contexto el Plan establece el servicio de guardias para los fines de semana y festivos que se concreta en lo siguiente: un servicio de guardia presencial, formado por un veterinario y un PODO/Oficial del CPA, los sábados de 10 a 14 horas; y un servicio de guardia no presencial a prestar por un veterinario, que deberá estar localizable telefónicamente en fines de semana desde las 14:00 horas del sábado hasta las 24:00 horas del domingo y en días festivos, las 24 horas.
La competencia para la adopción del Acuerdo corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1. m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 29 de septiembre de 2016,
A C U E R D A
Primero.- Aprobar el Plan Especial de Productividad para el Servicio de Guardias Veterinarias del Organismo Autónomo Madrid Salud, en los términos que figuran en el Anexo que se incorpora al presente Acuerdo.
Segundo.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 29 de septiembre de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Pilar Aguilar Almansa.