BOAM nº 9984 (14/10/2025)
Distrito de Villa Vallecas
3751
Decreto de 28 de agosto de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se hacen públicas las bases que han de regir el XVII Certamen de Belenes del Distrito de Villa de Vallecas 2025.En ejercicio de las competencias delegadas por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias de los Distritos,
DISPONGO
Aprobar las bases que han de regir el XVII Certamen de Belenes del Distrito de Villa de Vallecas 2025.
BASES
1. Objeto y finalidad de la convocatoria.
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación y la convocatoria del XVII Certamen de Belenes del Distrito de Villa de Vallecas 2025, cuya finalidad es potenciar tradiciones que inviten a la realización de actividades conmemorativas de la Navidad y que complemente el currículo escolar, fomentado el desarrollo de los valores educativos y sociales, la creatividad, el trabajo en equipo y las habilidades artísticas.
El certamen repercute beneficiosamente en la estructura social del distrito y contribuye a satisfacer las necesidades de la comunidad vecinal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, encontrándose la actividad municipal propuesta, con su doble vertiente, social y educativa, dentro de las competencias municipales, y teniendo igualmente en cuenta la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, que en su artículo 48 indica que se dará prioridad a la acción preventiva, fomentándose las actividades públicas y privadas que favorezcan la integración familiar y el uso creativo y socializador del tiempo libre, actuando especialmente sobre familias de alto riesgo.
2. Régimen jurídico aplicable.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013, así como lo recogido en la presente convocatoria.
La convocatoria del Certamen de Belenes del Distrito de Villa de Vallecas figura en el Plan Estratégico de Subvenciones de distritos 2024-2027. Esta actividad responde a la línea de subvención 3 (Promocionar y fortalecer la oferta cultural y creativa), dentro del objetivo específico n.º 10 (fomentar la celebración y transmisión de los valores y las tradiciones navideñas en los distritos).
La concesión del premio se realizará sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos municipales.
A estos efectos, por el departamento de educación se han elaborado las bases que habrán de regir el citado certamen.
3. Premios.
Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria imputándose al crédito recogido en la aplicación presupuestaria 001/218/326.01/482.03 "Servicios complementarios de Educación. Premios" por un importe de 1.800,00 euros.
Se concederán dos premios dotados con las siguientes cantidades:
Primer premio: 1.200,00 € y diploma.
Mención especial al belén que, a criterio del jurado, destaque por la complejidad del montaje, superación de dificultades, esfuerzo y dedicación, originalidad y creatividad: 600,00 € y diploma.
La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno y no podrán otorgarse ex aequo.
El jurado podrá declarar desierto algún premio.
Todos los colegios participantes recibirán un diploma acreditativo.
La concesión del premio no podrá ser en ningún caso, antes del día 15 de enero de 2026.
De conformidad con el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre convocatoria de subvenciones por tramitación anticipada, la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la misma.
4. Destinatarios.
Podrán participar el alumnado de los centros escolares públicos o concertados del Distrito de Villa de Vallecas que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional del Distrito de Villa de Vallecas, a través de los centros escolares.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que, cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas de prohibición enumeradas en las citadas disposiciones.
La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de las presentes bases y del fallo inapelable del jurado.
5. Técnica, formato de los belenes y desarrollo del certamen.
Cada centro escolar podrá presentar a concurso un único belén.
El belén deberá estar elaborado con cualquier tipo de material, aunque se valorará positivamente el uso de materiales reciclados y aquellos que tengan una temática de sostenibilidad. Algunos ejemplos de materiales incluyen:
• Cartón y papel reciclado.
• Plástico reciclado.
• Madera.
• Tela y fieltro.