BOAM nº 7429 (10/06/2015)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
1319
Resolución de 8 de junio de 2015 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la encomienda de gestión a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, S.A., para la administración y gestión de los servicios y elementos comunes del Centro Polivalente de Barceló.Por Decreto de 2 de junio de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública se ha aprobado la encomienda de gestión a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, S.A. para la administración y gestión de los servicios y elementos comunes del centro polivalente de Barceló. Con fecha 8 de junio de 2015 la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, S.A. ha prestado su conformidad al citado Decreto.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.3 de la de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público el siguiente decreto:
Por parte del Ayuntamiento de Madrid se han efectuado las obras de construcción del denominado CENTRO POLIVALENTE DE BARCELÓ, situado en la calle del mismo nombre, con vuelta a las calles de Mejía Lequerica y de Beneficencia (Distrito Centro). Este edificio alberga distintos usos con funcionamiento autónomo (aparcamiento, mercado, equipamiento deportivo, biblioteca y cafetería).
Por Decreto del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de fecha 3 de octubre de 2014 se adscribió al Distrito de Centro la biblioteca, el equipamiento deportivo y la cafetería. Por su parte, el Distrito Centro ha licitado el contrato de Gestión de Servicio Público, en la modalidad de concesión, denominado "Gestión del Centro Deportivo Municipal Barceló", expediente 101/2014/03415 y cuyo plazo de presentación de ofertas finalizó 24 de marzo de 2015 estando pendiente de la adjudicación del mismo. Dicha concesión incluye el uso de cafetería.
Por lo que se refiere al aparcamiento, tanto el privado como el de rotación, corresponde al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid (Dirección General de Medio Ambiente y Movilidad) gestionar el citado aparcamiento de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Junta de Gobierno de 24 de enero de 2013, de Delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos. El Pleno del Ayuntamiento de Madrid en su sesión de 27 de marzo de 2015 acordó destinar las plazas de aparcamiento, tanto privadas como de rotación, de las plantas -2, -3 y -4 a la actividad de aparcamiento público municipal y aprobó la gestión directa por la Empresa Municipal de Transportes de Madrid S.A. Mediante Acuerdo de 9 de abril de 2015, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprobaron las condiciones de organización y funcionamiento que regirán la gestión de dichas plazas. De conformidad con la condición 8 es obligación de la EMT mantener y conservar en perfecto estado de funcionamiento el aparcamiento.
Finalmente, corresponde al Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, a través la Dirección General de Comercio y Desarrollo Económico "Madrid Emprende", la gestión del Mercado, sobre el que existe una concesión administrativa a favor de la Asociación de Comerciantes del Mercado Municipal de Barceló. En este sentido, y mediante Decreto de Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, de fecha 19 de septiembre de 2014, se ha puesto a disposición de la citada Asociación el Mercado ubicado en el Centro Polivalente de Barceló.
Sin perjuicio de lo anterior, los distintos usos del Centro Polivalente de Barceló comparten elementos comunes que deben ser necesariamente objeto de mantenimiento de manera conjunta y servicios que deben ser contratados igualmente de manera unitaria. Lo que implica que para su adecuado funcionamiento se deberá:
i) Gestionar de manera unitaria, con la asignación de los costes a cada uso, los suministros comunes a todo el Centro de Barceló y
ii) Asegurar el mantenimiento de los elementos compartidos por los distintos usos. Para ello resulta igualmente necesario y conveniente aplicar, de forma analógica, las reglas establecidas en la legislación de propiedad horizontal.
La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo es una sociedad anónima con capital 100% municipal que desarrolla la política de vivienda y suelo del Ayuntamiento de Madrid desde hace más de 30 años. Se encuentra entre las actividades que tiene encomendada conforme a sus estatutos, la administración de inmuebles que le sean encomendados por el Ayuntamiento de Madrid. A tal fin, cuenta con un equipo humano y un conocimiento técnico en la materia del que carece el Ayuntamiento de Madrid, no habituado a la gestión ordinaria de conjuntos urbanísticos de este tipo.
Por lo demás, esta sociedad posee, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 3 de sus estatutos, la condición de medio propio y servicio técnico de la administración del Ayuntamiento de Madrid en los términos reflejados en la normativa de contratación pública. A tal efecto, tiene obligación de llevar a cabo los trabajos que le encomienden el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos referentes a cualquiera de las actividades reflejadas anteriormente, en los términos que para cada uno de ellos se establezca.
Todo ello justifica la encomienda de los trabajos a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo en los términos que a continuación se describen y que se propone al Delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública:
Por todo ello, vista la propuesta de la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, de fecha 24 de enero de 2013 (BOAM de fecha 25 de enero de 2013),
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar una encomienda de gestión a la entidad Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo S.A., para la administración y gestión de los servicios y elementos comunes del Centro Polivalente de Barceló, que se detallan en el Anexo 1 al presente Decreto.
SEGUNDO.- La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo vendrá obligada a realizar las actividades y prestar los servicios objeto de la encomienda, de acuerdo con las estipulaciones e instrucciones que a tal efecto realice el Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública a través de la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio.
La realización de dichas actuaciones en ningún caso conllevará el ejercicio de potestades públicas.
TERCERO- El plazo de duración de la encomienda será de dos años, prorrogables por otros dos años en el caso de que, finalizado el plazo inicial, no se hubiese constituido formalmente el complejo inmobiliario.
Asimismo, la encomienda podrá darse por finalizada a criterio del encomendante en el momento en que se hubiese constituido y puesto en marcha el complejo inmobiliario.
CUARTO.- El importe a percibir por Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, será de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (17.943,32 euros) anuales.
El importe máximo de la encomienda, por dos años es de TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (35.886,64 euros).