BOAM nº 7186 (12/06/2014)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
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Decreto de 14 de mayo de 2014 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la actualización del Protocolo de Pruebas de “Luminarias-Led” de Alumbrado Exterior.El Protocolo de Pruebas de "Luminarias-Led" de Alumbrado Exterior es un documento elaborado y publicado por el Ayuntamiento de Madrid, en el que se establece el procedimiento para la realización de las pruebas precisas y necesarias que permitan valorar la idoneidad de las luminarias con tecnología LED, con el fin de que se pueda determinar su validez para su posible instalación en la vía pública. Dicho documento fue aprobado por Decreto de 4 de noviembre de 2010 de la Delegada del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos.
Se motivaba la propuesta de aprobación de este Protocolo en que el gran desarrollo experimentado por la tecnología LED de alta potencia, como fuente de luz para su aplicación en alumbrado exterior, ha posibilitado la aparición en el mercado de equipos que incorporan esta tecnología que podría aportar grandes beneficios, si se confirma que de su utilización se obtienen instalaciones de alumbrado más eficientes energéticamente y que reducen los costes de mantenimiento, señalándose, sin embargo, que aunque las perspectivas son interesantes, actualmente la fabricación de esos elementos se encuentra aún en fase de desarrollo y algunas instalaciones no han conseguido cumplir con las expectativas iniciales.
El Protocolo establece, por lo tanto, un procedimiento de pruebas que permite valorar y contrastar la calidad de estos elementos, antes de su implantación en la vía pública. En él se definen y concretan las tres fases del procedimiento, que son:
Fase 1: Iniciación del procedimiento y comprobación técnica del elemento.
Fase 2: Realización de la prueba.
Fase 3: Resolución del procedimiento.
En la fase 1 se especifican los documentos, certificados y ensayos que los peticionarios (fabricantes o distribuidores) deben presentar para poder iniciar el procedimiento de análisis. En la fase 2 se establecen las condiciones de instalación y periodos de prueba del elemento, que puedan conducir a la fase 3 de resolución del procedimiento en la que, conforme a los resultados obtenidos, se podrá validar si el elemento puede ser instalado en la vía pública.
A la vista de la experiencia obtenida en la aplicación del Protocolo desde su aprobación y entrada en vigor, se estimó la conveniencia de proceder a una actualización del mismo, para introducir algunas modificaciones que lo hicieran más operativo, es por ello que en fecha 28 de mayo de 2012, por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente Seguridad y Movilidad fue aprobada la primera actualización del citado Protocolo.
La tecnología LED, de aplicación a las luminarias de alumbrado exterior, como se ha indicado anteriormente, se encuentra en continuo desarrollo, mejorando día a día sus características técnicas y su eficiencia energética, y a medida que esta tecnología avanza se hace necesario actualizar los datos del Protocolo para modificar aquellos aspectos técnicos que resultaran más beneficiosos en su aplicación, así como aquellos aspectos que mejoren la operatividad de los procedimientos, atendiendo a los objetivos perseguidos, con objeto de poder valorar la idoneidad y contrastar la calidad de las luminarias con tecnología LED, antes de su implantación en la vía pública y mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado público.
De conformidad con el Acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 6 de febrero de 2014, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, corresponde a la Dirección General de Vías Públicas y Publicidad Exterior la redacción y propuesta de actualización de los instrumentos reguladores de la ejecución de obras, entre otros, el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales y los Cuadros de Precios aplicables a las obras de urbanización (artículo 9.1.1.h), así como el establecimiento de criterios técnicos para el nuevo alumbrado público y de los elementos integrantes del mismo (artículo 9.1.1.e).
A su vez, el Acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, atribuye al Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, en su artículo 4.8.b), la competencia para aprobar el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de infraestructuras municipales, y en el artículo 4.8.d), para declarar la singularidad de los equipamientos e instalaciones situados en las vías y espacios públicos según la normativa municipal de aplicación.
Por todo lo expuesto, vista la propuesta de la Dirección General de Vías Públicas y Publicidad Exterior, y en uso de la atribuciones que me han sido delegadas por Acuerdo de 24 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos (BOAM de fecha 25 de enero de 2013),
DISPONGO
"PRIMERO.- Aprobar la actualización del Protocolo de pruebas de luminarias-LED de alumbrado exterior, cuyo contenido se incorpora como anexo del presente Decreto.
SEGUNDO.- El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 14 de mayo de 2014.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Diego Sanjuanbenito Bonal.