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BOAM nº 7735 (01/09/2016)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

1872

Resolución de 28 de julio de 2016 de la Directora General de Control de la Edificación por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión, desistimiento o denegación de subvención a beneficiarios de las ayudas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios.

De acuerdo con los artículos 11.4 y 16 del Decreto de 22 de diciembre de 2011 de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por los que se aprueban la convocatoria pública de subvenciones 2012 destinadas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios, debe procederse a la notificación de la resolución definitiva de concesión a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC).

 

En las fechas que se indican en cada caso, el Delegado de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha dictado resolución definitiva de concesión de subvención para cada uno de los beneficiarios del Anexo I, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de concesión definitiva, así como resolución definitiva de desistimiento o denegación para los solicitantes indicados en el Anexo II. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Subdirección General de Edificación y Ayudas a la Regeneración del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, n.º 21, 28042-Madrid.

 

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo imponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 107, 116, 117.1 de la Ley LRJPAC), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

Madrid, a 28 de julio de 2016.- La Directora General de Control de la Edificación, Ana Perpiñá Carrera.

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