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BOAM nº 8016 (20/10/2017)
Distrito de Vicálvaro

2270

Decreto de 29 de septiembre de 2017 del Concejal Presidente del Distrito de Vicálvaro por el que se aprueba la concesión de subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para la anualidad 2017.

Formulada la propuesta de resolución definitiva de fecha 19 de julio de 2017, a la vista de las actuaciones que conforman el expediente, y en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 267, de 10 de noviembre de 2015), el Concejal Presidente con fecha 29 de septiembre de 2017 ha dispuesto lo siguiente:

 

"1.- Conceder a los solicitantes que se relacionan en los Anexos I, II y III las subvenciones que en el mismo se especifican con expresión de su cuantía y de la denominación del proyecto o actividad.

 

Las actividades a realizar por los beneficiarios son las propuestas por los mismos en sus solicitudes.

 

2.- Desestimar a los solicitantes que se relacionan en los Anexos I, II y III con expresión de la causa de desestimación.

 

3.- Comprometer un gasto por el importe de las subvenciones concedidas que asciende a 75.147 euros, imputables a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

 

70.000 euros a la partida 2017/001/219/924.01/489.01. "Participación Ciudadana y Voluntariado. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" y 5.147 euros a la partida 2017/001/219/924.01/789.01 "Participación Ciudadana y Voluntariado. Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro".

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el mismo, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.

 

- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

 

Madrid, a 29 de septiembre de 2017.- El Concejal Presidente del Distrito de Vicálvaro, Carlos Sánchez Mato.

 

 

 

 

 

 

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