BOAM nº 9764 (21/11/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
4037
Decreto de 19 de noviembre de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se conceden subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación.
Mediante Decreto de 11 de junio de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación.
La convocatoria se publicó en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM número 149), en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM número 9659) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid el 24 de junio de 2024.
Dentro del plazo establecido en la base 7.ª se han presentado a la convocatoria treinta y una (31) solicitudes. Asimismo, durante la fase de instrucción del procedimiento, el órgano instructor, de acuerdo con la base 9.ª de la convocatoria, procedió a la realización de doce (12) requerimientos a fin de que subsanasen defectos o faltas apreciados en la solicitud o en la documentación presentada, o bien aportasen documentación complementaria para la adecuada valoración del proyecto. De los doce requerimientos realizados, ocho solicitantes subsanaron adecuadamente presentando la documentación requerida en tiempo y forma, los cuatro restantes pasan a ser solicitudes desistidas por distintos motivos: un solicitante subsanó, pero la documentación remitida no era correcta, un solicitante presentó la documentación fuera de plazo y dos solicitantes no subsanaron.
Por otro, de acuerdo con la base 12.ª el órgano instructor, a la vista del expediente, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que incluirá la relación de solicitantes que se proponen para la concesión de subvenciones, su cuantía y el plazo de justificación, así como los motivos de desestimación del resto de solicitudes.
La propuesta de resolución provisional se publicó con fecha 4 de octubre en la web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en la web del Ayuntamiento de Madrid, formularan las alegaciones que estimasen oportunas.
Dentro del plazo concedido, el día 17 de octubre de 2024, DIGITAL GEN SL presentó una alegación, en la que expone que el cambio de localización del evento fuera del término municipal de Madrid (Kinépolis Madrid-Ciudad de la Imagen, en Pozuelo de Alarcón) se debe a motivos logísticos y operativos excepcionales, pero no debería suponer una desvinculación de la ciudad, alegación cuya desestimación se propone por la Directora General de Innovación el 18 de octubre de 2024.
De conformidad con la propuesta de 23 de octubre de 2024 de la Directora General de Innovación y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3.º1.9 del anexo del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda,
DISPONGO
PRIMERO.- Desestimar la alegación presentada por DIGITAL GEN SL, a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación, al no quedar acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos para ser beneficiario de la subvención previstos en la base 3.ª apartado 1.1 de la convocatoria, que establece que los eventos han de celebrarse en el término municipal de Madrid.
SEGUNDO.- Aprobar la relación de beneficiarios (anexo I) de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación, correspondiente al año 2024.
TERCERO.- Aprobar la relación de solicitudes desestimadas por no existir crédito suficiente (anexo II) de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación, correspondiente al año 2024.
CUARTO.- Aprobar la relación de solicitudes desestimadas por no cumplir alguno de los requisitos exigidos (anexo III) de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación, correspondiente al año 2024.
QUINTO.- Aprobar la relación de solicitudes desistidas (anexo IV) de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de eventos en la ciudad de Madrid que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación, correspondiente al año 2024.
SEXTO.- De conformidad con la base 18.ª.1 de la convocatoria, el pago de la subvención se efectuará con cargo al presupuesto de 2024 previa justificación por el beneficiario de la realización del evento subvencionable.
SÉPTIMO.- En el caso de que las entidades beneficiarias incurran en incumplimiento de las obligaciones señaladas en la convocatoria, justificación de la subvención y destino de la subvención, ocultación o falseamiento de datos y requisitos exigidos en la misma o en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 41 de la OBRS, procederá la revocación de la subvención y la obligación del reintegro total o parcial de las cantidades percibidas, más los intereses de demora que correspondan desde el momento del pago de la subvención.
OCTAVO.- La resolución definitiva se publicará en la BDNS. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es y en la página web www.madrid.es.
Este decreto pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra él, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 19 de noviembre de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.