BOAM nº 6049 (26/10/2009)
Agencia Tributaria Madrid
2051
Resolución de 16 de octubre de 2009 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace público el listado provisional de personal laboral adscrito a la Agencia Tributaria Madrid, solicitantes de Ayudas de Educación Infantil, curso 2008-2009, que deben subsanar o aportar documentación.Por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 23 de abril de 2009, se publicaron en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 29 de abril de 2009, las bases reguladoras de las Ayudas de Educación Infantil para el ejercicio 2009.
Efectuada la convocatoria de la citada Ayuda, se ha procedido a la revisión de las Ayudas solicitadas, comprobándose los solicitantes que deben subsanar faltas o aportar documentación, por lo que se va a proceder a la publicación de la oportuna relación.
Conforme con el artículo 15.1 apartado l), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones de la Directora, entre otras, la dirección y gestión de personal sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.
En consecuencia con lo anteriormente expuesto, se eleva a la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, para su aprobación, la siguiente propuesta de Resolución:
PRIMERO.- Publicar la relación de trabajadores laborales adscritos a la Agencia Tributaria Madrid, solicitantes de Ayuda de Educación Infantil, curso 2008-2009, que deben subsanar o aportar documentación.
SEGUNDO.- Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios de la S.G. de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, 5, segunda planta y en la intranet municipal ayre, con fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.
Madrid, a 16 de octubre de 2009.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Rosa Ana Navarro Heras.