BOAM nº 7764 (14/10/2016)
Distrito de Villa Vallecas
2152
Decreto de 8 de septiembre de 2016 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se deja sin efecto el Decreto de 29 de marzo de 2016 por el que se crea la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Villa de Vallecas, y se establecen sus Normas de Funcionamiento.Con fecha 29 de marzo de 2016, por Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, se creó, al amparo del artículo 76 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, la Mesa para la Igualdad y contra la violencia de Género, como órgano colegiado de información, asesoramiento y seguimiento.
Mediante Decreto de la Alcaldesa de 19 de abril de 2016, se aprobaron los modelos de Decreto para la creación de órganos colegiados en el Ayuntamiento de Madrid. En su Anexo I se enumeran los decretos ya aprobados que deberán adaptarse, en el plazo de seis meses, a los nuevos modelos definidos, entre los que se encuentra el Decreto de 29 de marzo de 2016 del Concejal-Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se crea la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Villa de Vallecas y se establecen sus normas de funcionamiento.
El Decreto de la Alcaldesa de 19 de abril de 2016, establece unos condicionantes presupuestos y características para los órganos creados al amparo del ROGA que dificultan el encuadre dentro de estos modelos de la Mesa de Igualdad, toda vez que el fin y características de la Mesa de Igualdad hacen que esta se cree como un órgano abierto, no riguroso en su configuración que permita una mayor participación mediante la rapidez y agilidad en su funcionamiento, sin estricta sujeción a normas más convencionales de regulación de los órganos colegiados.
Por su parte, el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración (ROGA), aprobado por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2004, artículos 72 y 73, atribuye a los Distritos la potestad para crear órganos de participación de los vecinos y asociaciones que los representan, de conformidad con lo que establezcan las normas orgánicas de participación ciudadana, excluyéndose del procedimiento general de creación de órganos colegiados a los órganos de participación ciudadana que se regirán por sus normas específicas.
En este sentido el artículo 70 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, aprobado por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2004, permite la creación de órganos colegiados de participación más flexibles e independientes de los órganos de participación permanentes y estables previstos, que, sin ajustarse a las reglas generales de creación de órganos colegiados, permitan atender las necesidades detectadas en el distrito de participación e implicación activa en la toma de decisiones por parte de los ciudadanos.
Por todo lo anterior,
DISPONGO
Primero.- Dejar sin efecto el Decreto de fecha 29 de marzo de 2016 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se crea la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Villa de Vallecas, y se establecen sus normas de funcionamiento.
Segundo.- Constituir la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Villa de Vallecas como órgano de participación al amparo del artículo 70 del Reglamento de Participación Ciudadana, manteniendo en su integridad sus normas de funcionamiento.
Madrid, a 8 de septiembre de 2016.- El Concejal Presidente de Distrito de Villa de Vallecas, Francisco Pérez Ramos.