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BOAM nº 9013 (11/11/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2934

Resolución de 8 de noviembre de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte, de fecha 6 de noviembre de 2021, por el que se designa a los miembros del jurado del Premio Lope de Vega de Teatro 2021.

En virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto la Delegada del Área de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 6 de noviembre de 2021 por el que se designan los miembros del jurado del Premio Lope de Vega de Teatro 2021:

 

"La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 6 de septiembre de 2021, ha aprobado la convocatoria pública del Premio Lope de Vega de Teatro 2021 y sus correspondientes bases.

 

La convocatoria del Premio Lope de Vega tiene un carácter anual, siendo una de las categorías de los Premios Villa de Madrid y cuyo objeto es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática, mediante la selección de entre los textos presentados por los participantes escritos en lengua castellana, de tema libre, original e inédito, aquel que el jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.

 

El artículo 12 de la bases de la convocatoria establece que la valoración de las obras presentadas se realizará por un jurado con la siguiente composición:

 

Presidente: Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, o persona en quien delegue.

 

Vocales: Cuatro, de elección por el Ayuntamiento de Madrid entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de las artes escénicas.

 

Asistirá al jurado, sin formar parte de este, como secretario, un funcionario del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, que actuará con voz, pero sin voto.

 

Y señala, que los miembros del jurado serán nombrados mediante decreto de la Titular del Área de Cultura, Turismo y Deporte.

 

En base a lo expuesto, se procede a proponer la designación de los miembros que integrarán el jurado, en cuya composición se garantizará la presencia equilibrada de hombres y mujeres, de conformidad con lo establecido en los artículos 51 y 42 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

 

A la vista de la memoria que antecede de la Directora General de Programas y Actividades Culturales de 4 de noviembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la ley 22/ 2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Designar a los siguientes miembros del jurado del Premio Lope de Vega de Teatro 2021:

 

Presidencia:

María Ballesteros del Prado, Directora General de Programas y Actividades Culturales del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

Suplente: Cristina Torre-Marín Comas, Subdirectora General de Coordinación y Cultura.

 

Vocalías:

Carlos Rodríguez Pérez, autor dramático y editor.

María Jesús Osinaga Osso, periodista especializada en artes escénicas.

Julio Bravo García, dramaturgo y periodista especializado en cultura y espectáculos.

Pilar Valenciano Espinar, técnica de gestión artística del Teatro Español.

 

Secretario:

Ángel Luis Pérez Blanco, Consejero Técnico del Coordinador de Cultura.

Suplente: Pau Sanmartín Ortí, Adjunto a Departamento de la Unidad Técnica de Promoción Cultural.

 

SEGUNDO.- En función del número de obras presentadas, el jurado podrá ser asistido por un Comité de Lectura que emita sus correspondientes informes de evaluación previa para su consideración por parte del jurado.

 

Se considera constituido el jurado con un quorum de la mitad más uno de sus miembros.

 

Las decisiones del jurado se adoptarán por mayoría, quedando las mismas reflejadas en el acta de la sesión correspondiente.

 

En el momento de las votaciones solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, no admitiéndose la delegación de voto.

 

En el momento del fallo se procederá a la apertura de la plica para comprobar la identidad del autor/a de la obra ganadora.

 

El jurado únicamente podrá proponer una obra ganadora. El premio podrá ser declarado desierto. El jurado, si lo considera oportuno, podrá recoger en el acta un accésit sin dotación económica.

 

Los miembros del jurado no pertenecientes a la administración tendrán derecho a percibir las dietas e indemnizaciones correspondientes a sus labores de asesoramiento, que deberán ser aprobadas por decreto de la titular del Área de Cultura, Turismo y Deporte.

 

TERCERO.- Para todo lo relacionado con el régimen de funcionamiento de esta Comisión de Valoración, se estará a lo establecido en los artículos 16 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público".

 

Madrid, a 8 de noviembre de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Carmen González Fernández.

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