BOAM nº 8282 (21/11/2018)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
2378
Resolución de 7 de noviembre de 2018 de la Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se hace pública la relación del personal municipal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid que ha solicitado la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2017/2018, y deben subsanar o aportar documentación.De conformidad con el Acuerdo de 23 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las bases generales de la convocatoria de las ayudas de acción social para 2018 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social para su adaptación a la modificación del capítulo VIII del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2012-2015, el personal empleado, jubilado y pensionista del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid ha solicitado, siguiendo el procedimiento general establecido en el artículo 4 de las citadas bases, la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2017/2018.
En virtud del citado precepto se realiza la revisión de las solicitudes presentadas por el personal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM) correspondientes a la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2017/2018, y se comprueba que existen solicitudes que deben subsanar faltas o aportar la documentación que para cada uno se especifica.
Por todo cuanto antecede, la Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 15.1 de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, en la redacción dada al mismo por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 29 de noviembre de 2016 (BOAM de 16 de diciembre de 2016),
RESUELVE
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitudes de ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2017/2018, relacionados, se procede a su acumulación.
SEGUNDO: Hacer pública la relación del personal municipal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid solicitantes de ayudas de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2017/2018, que deben subsanar o aportar documentación.
TERCERO: Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios ubicado en la calle Albarracín, 33, planta baja, y en la intranet municipal Ayre, en la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
CUARTO: Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos en su petición.
La presentación de la documentación requerida se realizará exclusivamente por vía telemática, en la intranet o extranet municipal Ayre / A mi Ayre / Mis ayudas / Ayudas tramitadas, en la que se incorporará la documentación justificativa requerida escaneada en formato digital (pdf, tiff, jpg).
Madrid, a 7 de noviembre de 2018.- La Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, María Jesús Villamediana Díez.