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BOAM nº 9116 (11/04/2022)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

1057

Resolución de 6 de abril de 2022 del Director General de Cooperación y Ciudadanía Global por la que se concede el plazo para subsanar los defectos de las solicitudes presentadas a la convocatoria pública de subvenciones 2022 para la realización de proyectos de cooperación internacional en el marco de la superación y recuperación de los impactos de la Covid-19.

A la vista de la propuesta formulada por la Subdirección General de Ciudadanía Global y Cooperación Internacional al Desarrollo, de 6 de abril de 2022, como órgano instructor del procedimiento vengo a adoptar la siguiente,

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 5.4 de la convocatoria pública de subvenciones 2022 para la realización de proyectos de cooperación internacional en el marco de la superación y recuperación de los impactos de la Covid-19, aprobada la ampliación de la financiación de la misma, por Decreto de 10 de febrero de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.085, de 25 de febrero de 2022, una vez examinada la documentación de las solicitudes presentadas a la convocatoria, se concede un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, a las entidades que se relacionan en el Anexo adjunto, por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Convocatoria a fin de que subsanen los defectos indicados.

 

SEGUNDO.- De no procederse a la citada subsanación en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 6 de abril de 2022.- El Director General de Cooperación y Ciudadanía Global, Cecilio Cerdán Carbonero.

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