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BOAM nº 6452 (13/06/2011)
Alcaldía

1417

Decreto del Alcalde de 11 de junio de 2011 por el que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los Tenientes de Alcalde, a los titulares de las Áreas de Gobierno y de las Áreas de Coordinación y a los Concejales Presidentes de los Distritos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3.d) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM), corresponde al Alcalde el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno, de los Tenientes de Alcalde y de los Presidentes de los Distritos.

 

A este respecto la LCREM determina que el número de los miembros de la Junta de Gobierno no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del Alcalde.

 

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.2 de dicha Ley, en relación con lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Alcalde podrá nombrar como miembros de la Junta de Gobierno a personas que no ostenten la condición de concejales, siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el Alcalde.

 

La Secretaría de la Junta de Gobierno corresponderá a uno de sus miembros, que asimismo será designado por el Alcalde.

 

De entre los miembros de la Junta de Gobierno que ostenten la condición de concejal, el Alcalde nombrará a los Tenientes de Alcalde, que le sustituirán por el orden de su nombramiento en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, a tenor de lo preceptuado en el artículo 15 de la LCREM.

 

Por otra parte, de conformidad con lo señalado en el artículo 37 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, los Concejales de Coordinación serán designados por el Alcalde.

 

Por último, el artículo 22.2 de la LCREM, determina que los Presidentes de Distrito habrán de ostentar la condición de concejales.

 

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14.3.d) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y de conformidad con lo previsto en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid,

 

DISPONGO

 

Artículo 1. Composición de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

 

1. La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid estará integrada por el Alcalde, que actuará como Presidente, y por los siguientes miembros:

 

D. Manuel Cobo Vega

Dª. Ana María Botella Serrano

D. Juan Bravo Rivera

D. Pedro Luis Calvo Poch

Dª. María Pilar Martínez López

Dª. Alicia Moreno Espert

D. Miguel Ángel Villanueva González

Dª. María Concepción Dancausa Treviño

 

2. La Secretaría de la Junta de Gobierno se ejercerá, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la LCREM, por D. Manuel Cobo Vega.

 

3. La Junta de Gobierno celebrará su sesión constitutiva el día 16 de junio de 2011, a las 11 horas.

 

Artículo 2. Nombramiento de los Tenientes de Alcalde y de los titulares de las Áreas de Gobierno en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

1. Nombrar a D. Manuel Cobo Vega, Primer Teniente de Alcalde con la denominación de Vicealcalde y Portavoz del Gobierno, y titular del Área de Gobierno de la Vicealcaldía.

2. Nombrar a Dª Ana María Botella Serrano, Segundo Teniente de Alcalde y titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

3. Nombrar a D. Juan Bravo Rivera, Tercer Teniente de Alcalde y titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública.

4. Nombrar a D. Pedro Luis Calvo Poch, Cuarto Teniente de Alcalde y titular del Área de Gobierno de Seguridad.

5. Nombrar a Dª. María Pilar Martínez López, titular del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda.

6. Nombrar a Dª. Alicia Moreno Espert, titular del Área de Gobierno de las Artes.

7. Nombrar a D. Miguel Ángel Villanueva González, titular del Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana.

8. Nombrar a Dª. María Concepción Dancausa Treviño, titular del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales.

 

Artículo 3. Denominación de los titulares de las Áreas de Gobierno.

 

Los titulares de las Áreas de Gobierno, con excepción del Vicealcalde, actuarán y firmarán sus resoluciones con la denominación común de "Delegados" del Área de Gobierno que corresponda.

 

Artículo 4. Nombramiento de los titulares de las Áreas de Coordinación.

 

1. Nombrar a Dª Patricia Lázaro Martínez de Morentin, titular del Área de Coordinación Institucional y Secretaria de la Comisión Preparatoria.

 

2. Nombrar a D. José Manuel Berzal Andrade, titular del Área de Coordinación Territorial.

 

3. Nombrar a Dª Ana María Román Martín, titular del Área de Coordinación de Estudios y Relaciones Externas.

 

Artículo 5. Nombramiento de los Concejales Presidentes de los Distritos.

Nombrar Presidentes de los Distritos que a continuación se especifican, a los siguientes Concejales:

Distrito de Centro José Enrique Núñez Guijarro

Distrito de Arganzuela María Dolores Navarro

Distrito de Retiro Ángel Garrido García

Distrito de Salamanca Fernando Martínez Vidal

Distrito de Chamartín Luis Miguel Boto Martínez

Distrito de Tetuán Paloma García Romero

Distrito de Chamberí Luis Asúa Brunt

Distrito de Fuencarral-El Pardo Elena González Moñux

Distrito de Moncloa-Aravaca Álvaro Ballarín Valcárcel

Distrito de Latina Paloma García Romero

Distrito de Carabanchel Carlos Izquierdo Torres

Distrito de Usera Jesús Moreno Sánchez

Distrito de Puente de Vallecas Eva Durán Ramos

Distrito de Moratalaz Begoña Larraínzar Zaballa

Distrito de Ciudad Lineal Elena Sánchez Gallar

Distrito de Hortaleza Isabel Martínez Cubells

Distrito de Villaverde Joaquín Martínez Navarro

Distrito de Villa de Vallecas Ángel Garrido García

Distrito de Vicálvaro Carmen Torralba González

Distrito de San Blas David Erguido Cano

Distrito de Barajas Josefa Aguado del Olmo

 

Disposición derogatoria.

 

Quedan sin efectos cuantos Decretos se hubieran dictado con anterioridad al presente, relativos al nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de los Tenientes de Alcalde, Concejales de Gobierno, Concejales de Coordinación y Delegados, así como de los Presidentes de los Distritos.

 

Disposición final primera. Entrada en vigor.

 

El presente Decreto surtirá efecto a partir del día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Disposición final segunda. Comunicación al Pleno.

 

Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 11 de junio de 2011.- El Alcalde, Alberto-Ruiz Gallardón.

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