BOAM nº 6286 (07/10/2010)
Distrito de Villa Vallecas
1923
Resolución de 8 de junio de 2010 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas por la que se inicia expediente sancionador a don David Iglesias Lupión, expediente número 120/2010/02301.Intentada sin efecto la notificación al interesado, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, paseo de Federico García Lorca, 12.
Expediente: 120/2010/02301.
Denunciado: David Iglesias Lupión.
Lugar de los hechos: Avenida Mayorazgo, s/n.
Hechos: Transporte de dos perros de forma inadecuada en el interior del maletero de un vehículo.
Infraccción: Incumple el artículo 11, apartado 7 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 26 de julio de 2001 (B.O.C.M. número 207 de 31 de Agosto de 2001).
Calificación y artículo de la sanción: Leve según el artículo 37.a) 16 de la misma Ordenanza.
Sanción prevista: 200,00 euros. Artículo 38.1.a) de la misma Ordenanza.
Fecha de la denuncia: 13 de marzo de 2010.
1. Iniciar procedimiento sancionador contra la persona arriba indicada y por los hechos así mismo señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (R.P.E.P.S.), cuya sanción, calificación y norma que la regula se mencionan.
2. Nombrar Instructora a doña Otilia Montero Castellano y Secretario a don Emiliano Fernández López.
El Instructor y el Secretario están sujetos al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los interesados podrán, durante el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que tengan por conveniente, así como proponer la práctica de las pruebas que estimen pertinentes (artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).
Si el interesado no presenta alegaciones sobre la presente resolución, esta podrá ser considerada propuesta de resolución en el caso de que contenga un pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (artículo 6, 2 a) del mismo texto).
Informar al interesado de la posibilidad del reconocimiento de responsabilidades en los términos y con los efectos previstos en el artículo 8 del citado Reglamento (artículo 6, 2 b).
Madrid, a 8 de junio de 2010.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.