BOAM nº 7801 (12/12/2016)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
2580
Resolución de 7 de diciembre de 2016 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se resuelve el Concurso General de Méritos FG-IAM 3/2016 convocado por Resolución de 17 de octubre de 2016 para la provisión de dos puestos de trabajo.Por Resolución de 17 de octubre de 2016 de este Organismo Autónomo, se convocó el Concurso General de Méritos FG-IAM 3-2016 para la provisión de dos puestos de trabajo.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración del Concurso, constituida al efecto, ha evaluado los méritos alegados por los participantes de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en las Bases Generales que habrán de regir la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera en el Ayuntamiento de Madrid, mediante concurso.
Así y en virtud del artículo 15.1 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid,
RESUELVO
PRIMERO. Resolver el Concurso General de Méritos FG-IAM 3/2016, convocado por Resolución de este Organismo Autónomo de fecha 17 de octubre de 2016, para la provisión de dos puestos de trabajo de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Valoración constituida al efecto.
SEGUNDO.- Declarar desiertas las plazas que se relacionan en el Anexo I.
La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículos 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 7 de diciembre de 2016.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Fernando Pérez Sánchez.