BOAM nº 7787 (18/11/2016)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
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Decreto de 11 de noviembre de 2016 de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el año 2016, TAXI FREE.En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 13.º 1.9. del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015), en cumplimiento de lo previsto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013 y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, formulada la propuesta de resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y Servicio del Taxi de 29 de septiembre de 2016 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 6 de octubre de 2016),
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de las subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi a 227 beneficiarios, titulares de licencia, que se relacionan en el Anexo I, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 20 de octubre de 2013, y en la base undécima que rige la presente convocatoria. Dichas subvenciones se imputarán a la a la aplicación presupuestaria 2016/001/097/133.01/779.99, por un importe de 279.000 €.
SEGUNDO.- Desestimar las 540 solicitudes que se relacionan en el Anexo II, puesto que, aun cumpliendo las condiciones fijadas para la concesión de la subvención, no han sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.
TERCERO.- Desestimar las 108 solicitudes que se detallan en el Anexo III, por los motivos especificados en el mismo, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.
CUARTO.- El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los anexos I, II y III referidos en este decreto se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal.
QUINTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las subvenciones concedidas.
SEXTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
Madrid, a 11 de noviembre de 2016.- La Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés Nadal.