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BOAM nº 7830 (23/01/2017)
Área de Gobierno de Economía y Hacienda

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Resolución conjunta de 18 de enero de 2017 de las Direcciones Generales de Hacienda y de Economía y Sector Público por la que se determina la distribución entre los distritos de la cantidad que se destinará en el Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2018 a los Presupuestos Participativos.

El artículo 27 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004 configura el derecho de audiencia pública como un espacio de participación para la presentación pública por parte del Ayuntamiento y posterior debate ente este y la ciudadanía sobre cuestiones especialmente significativas de la acción municipal, así como un mecanismo para la formulación de propuestas por parte de la ciudadanía.

 

Atendiendo a esta regulación, por Acuerdo de 3 de diciembre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprobaron las directrices para el desarrollo de las audiencias públicas que se realicen a través de la web de gobierno abierto. Estas directrices tienen por objeto regular las audiencias públicas convocadas de oficio por las autoridades municipales para la realización de actuaciones concretas de especial trascendencia por tratarse de cuestiones especialmente significativas de la acción municipal.

 

Posteriormente, mediante Acuerdo de 22 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprobaron las directrices para el desarrollo de los presupuestos participativos a través de la web de gobierno abierto, en las que se concretan aspectos procedimentales y técnicos de aplicación a la elaboración de dichos presupuestos participativos que permiten a la ciudadanía decidir las prioridades de inversión con carácter previo y potestativo a la elaboración del proyecto del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid. El citado Acuerdo de la Junta de Gobierno se ha modificado por Acuerdo de 18 de enero de 2017, lo que ha permitido incorporar como objeto de las propuestas ciudadanas no sólo el capítulo VI del presupuesto municipal destinado a "Inversiones Reales", sino también el capítulo IV, destinado a "Transferencias Corrientes", el capítulo VII, sobre "Transferencias de Capital" y el capítulo II de "Gastos en bienes corrientes y servicios", siempre que no afecten a contratos en vigor y siempre que su gasto sea para una actuación concreta o en otro caso no se extienda más allá de dos años.

 

En aplicación del apartado 2.3 de las directrices para el desarrollo de los presupuestos participativos, la Junta de Gobierno, por Acuerdo de 18 de enero de 2017, ha fijado en 100 millones de euros la cuantía del presupuesto que se destinará a presupuestos participativos en el ejercicio 2018 y ha determinado la fórmula de distribución, de forma que una parte esté destinada a propuestas de gasto que afecten y sean relevantes para toda la ciudad de Madrid (30%) y la otra, a propuestas de gasto que beneficien especialmente a los distritos (70%).

  

El apartado tercero de dicho Acuerdo faculta a los titulares de las Direcciones Generales competentes en materia de hacienda y de estadística a fijar la cuantía concreta que corresponderá anualmente a cada Distrito, distribuyéndola de forma directamente proporcional a la población de cada uno e inversamente proporcional a la renta per cápita de cada distrito.

 

En su virtud, de conformidad con el apartado tercero del Acuerdo de 18 de enero de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se determina la cuantía que se destinará en el proyecto del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2018 a los presupuestos participativos y se establece su fórmula de distribución,

 

RESOLVEMOS

 

Primero.- Los 70 millones de euros del proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2018 que se destinen a presupuestos participativos dedicados a propuestas de gasto que beneficien especialmente a los distritos, se distribuirán de la siguiente manera:

      

DISTRITO

Población 1/12/2016 (a)

Renta per cápita 2013 (b)

Indice = a/b

Importe Asignado

Madrid

3.193.134

20.639

159,1089

70.000.000

01. Centro

132.651

22.698

5,8440

2.571.089

02. Arganzuela

152.449

22.588

6,7491

2.969.252

03. Retiro

118.999

25.714

4,6278

2.035.989

04. Salamanca

144.390

26.344

5,4809

2.411.343

05. Chamartín

143.838

26.100

5,5110

2.424.577

06. Tetuán

154.268

20.356

7,5786

3.334.206

07. Chamberí

137.956

25.855

5,3357

2.347.462

08. Fuencarral-El Pardo

239.266

22.006

10,8727

4.783.450

09. Moncloa-Aravaca

117.485

25.141

4,6731

2.055.934

10. Latina

234.766

18.165

12,9242

5.686.008

11. Carabanchel

244.781

16.809

14,5623

6.406.694

12. Usera

135.349

16.122

8,3954

3.693.578

13. Puente de Vallecas

228.477

15.715

14,5391

6.396.482

14. Moratalaz

94.551

20.032

4,7200

2.076.549

15. Ciudad Lineal

213.364

20.233

10,5454

4.639.470

16. Hortaleza

180.795

22.031

8,2064

3.610.431

17. Villaverde

143.079

15.946

8,9725

3.947.434

18. Villa de Vallecas

104.510

18.419

5,6740

2.496.257

19. Vicálvaro

70.201

18.238

3,8492

1.693.444

20. San Blas

154.925

19.194

8,0714

3.551.020

21. Barajas

47.034

23.803

1,9760

869.331

 

Los datos de población y de renta per cápita utilizados son los que figuran en las tablas que se adjuntan como anexos de esta resolución.

 

Segundo.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin prejuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 18 de enero de 2017.- El Director General de Hacienda, Pablo Gómez González y el Director General de Economía y Sector Público, Bernardino Sanz Berzal.

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