BOAM nº 7879 (03/04/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 30 marzo de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.
El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel en el sentido de establecer una nueva organización del Área de Gobierno. Por una parte, se suprime la Dirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres, que pasa a integrar la nueva Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad. Por otra parte, se divide la actual Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud en dos Direcciones Generales, redistribuyendo sus competencias con el objetivo de lograr una mayor eficacia y eficiencia en el desempeño de sus funciones.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 30 de marzo de 2017,
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, en los términos que a continuación se indican:
Uno.- En el índice, se suprime el apartado 7.º, se modifica el enunciado del apartado 9.º y se introduce un nuevo apartado 9.º bis, que quedan redactados en los siguientes términos:
"9.º- Dirección General de Familia e Infancia.
9.º bis.- Dirección General de Educación y Juventud".
Dos.- El apartado 1.º, relativo a la "Organización del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo", queda redactado en los siguientes términos:
"1.º- Organización del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.
El Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos, Subdirecciones Generales, organismos y empresas, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:
1. Secretaría General Técnica, con rango de Dirección General.
1.1. Subdirección General de Coordinación de los Servicios.
2. Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.
2.1. Subdirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.
3. Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social.
3.1. Subdirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social.
4. Dirección General de Familia e Infancia.
4.1. Subdirección General de Familia e Infancia.
5. Dirección General de Educación y Juventud.
5.1. Subdirección General de Educación y Juventud.
6. Dirección General de Comercio y Emprendimiento.
6.1. Subdirección General de Comercio y Mercados.
6.2. Subdirección General de Emprendedores y PYMES.
7. Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid.
8. Empresa Municipal de Vivienda y Suelo.
9. Empresa Mixta Mercado Central de Abastos de Madrid (MERCAMADRID)".
Tres.- En el apartado 2.º, relativo a las "Competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo", se modifica el punto 1.1, que queda redactado en los siguientes términos:
"1. De conformidad con lo previsto en el Decreto de la Alcaldesa de 13 de junio de 2015, corresponden al Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo las competencias ejecutivas en materia de familia e infancia, servicios sociales y atención a las personas mayores, inmigración, educación y juventud. Asimismo corresponden a esta área las competencias en materia de vivienda, las competencias de comercio, emprendimiento y fomento del empleo".
Cuatro.- En el apartado 3.º, relativo al "Titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo", se modifica el punto 2.2, que queda redactado en los siguientes términos:
"2.2. Promover la inserción social y laboral de aquellos sectores de población con mayores dificultades de acceso al empleo".
Cinco.- Se suprime el apartado 7.º, relativo a la "Dirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres".
Seis.- En el apartado 8.º bis, relativo a la "Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social", se añade una nueva letra e) en el punto 1.1, que queda redactada en los siguientes términos:
"e) Promover y desarrollar programas específicos para aquellos sectores de población en situaciones de desprotección a través de medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo".
Siete.- El apartado 9.º, relativo a la "Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud", queda redactado en los siguientes términos:
"9.º- Dirección General de Familia e Infancia.
1. Competencias específicas.
1.1. Familia.