BOAM nº 8061 (29/12/2017)
Gerencia de la Ciudad
2829
Resolución de 27 de diciembre de 2017 de la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad por la que se rectifica error material advertido en la publicación de la Resolución de 12 de diciembre de 2017 del Director General de Recursos Humanos por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por el procedimiento de libre designación LD 23/2017.Advertido error material en la publicación de la Resolución de 12 de diciembre de 2017 del Director General de Recursos Humanos por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por el procedimiento de libre designación LD 23/2017 publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 19 de diciembre de 2017, consistente en que se ha incluido el contenido de otra Resolución que resolvía parcialmente la libre designación LD 25/2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de la competencia atribuida por el apartado 10.5.2. en relación con el apartado 4.1.5. del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM 10 de noviembre de 2015),
RESUELVO
Rectificar el error material advertido en la publicación de dicha Resolución de 12 de diciembre de 2017 del Director General de Recursos Humanos por la que se resuelve parcialmente la libre designación LD 23/2017 para la provisión de puestos de trabajo, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 19 de diciembre de 2017, procediendo a la publicación íntegra de la citada Resolución.
"Por Resolución de 27 de septiembre de 2017 del Director General de Recursos Humanos, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 3 de octubre de 2017, se convocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD-23/2017.
Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en uso de las competencias previstas en el apartado 9º.1.1.j) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM núm. 267 de 10 de noviembre de 2015),
RESUELVO
Primero.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo a la persona propuesta.
Segundo.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión.
El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos de la Gerencia de la Ciudad, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 27 de diciembre de 2017.- La Secretaria General Técnica, Estrella Fernández Díez.