BOAM nº 7494 (10/09/2015)
Madrid Salud
1753
Resolución de 4 de septiembre de 2015 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitudes que requieren subsanación correspondientes a la ayuda de comedor escolar para los hijos de 3 a 16 años de trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud, año 2015.Por Acuerdo de 26 de diciembre de 2014 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 12 de diciembre de 2014 de la Comisión Técnica de Acción Social sobre las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2015 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social.
Conforme a las citadas bases reguladoras pueden solicitar ayuda de comedor escolar para los hijos de 3 a 16 años los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos que cumplan los requisitos establecidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
Efectuada la convocatoria de las citadas ayudas de estudios para la formación de los hijos, se ha procedido a la revisión de las solicitudes presentadas, comprobándose los solicitantes que deben subsanar faltas o aportar documentación, por lo que, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de las bases generales, se va a proceder a la publicación de la oportuna relación.
En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia
RESUELVE
Primero.- Publicar en el Tablón de Anuncios de Madrid Salud, calle Juan Esplandiú, 11, y en la intranet municipal Ayre, la relación de solicitantes a los que se les requiere la subsanación de documentación, correspondiente a solicitudes presentadas en relación con la ayuda de comedor escolar para los hijos de 3 a 16 años de trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud, con indicación expresa de la fecha en la que esta resolución es publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid extracto del anuncio.
En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.
Madrid, a 4 de septiembre de 2015.- El Gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.