BOAM nº 7681 (15/06/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
1381
Resolución de 9 de junio de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación del inicio del procedimiento sancionador a Atd Restauradores, S.L., número de expediente 117/2016/01327.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, de la notificación de inicio de expediente sancionador, número de expediente 117/2016/01327, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
Denunciado: Atd Restauradores, S.L.
Lugar de los hechos: Calle Julián Camarillo, 29 A.
Hechos denunciados: Con fecha 11 de febrero de 2016 los Servicios de Inspección del Departamento de Servicios Sanitarios, Calidad y Consumo de este distrito realizaron visita de inspección al establecimiento de referencia, levantando acta de inspección n.º I - 205561, poniéndose de manifiesto los siguientes:
1. A temperatura ambiente, sin proteger y en proximidad con otros alimentos y enseres diversos, se disponen tortillas de patatas de elaboración propia (artículo 36).
2. Se almacenan distintos alimentos (ya elaborados o en fase de elaboración), sin adecuada protección (postres caseros de elaboración propia), y sin etiquetado ni fechado alguno (artículos 35, 36 y 37).
3. Se disponen a temperatura ambiente, tanto alimentos congelados como frescos: Pescado descongelado, filetes de vacuno, etc. (artículo 38).
4. Se disponen alimentos junto a botella de lejía, en zona de manipulación de alimentos: Bote abierto conteniendo salsa de tomate (se procede a su eliminación) y bandeja con filetes frescos (envueltos con film transparente) (artículos 36 y 33.8).
5. Se dispone cartón sucio en el suelo de la cocina (artículo 32.1).
6. El personal carece de formación necesaria para el ejercicio de su actividad, así como de formación en relación a alérgenos en los alimentos (artículo 44).
7. El aseo de personal manipulador de alimentos se encuentra en desorden, existiendo ropa, calzado y enseres diversos fuera de taquillas de personal (artículos 19.e, 25 y 32)
8. No se guardan muestras testigo del menú diario (artículo 46).
Norma infringida: Artículos 19.e), 25, 32, 35, 36, 37, 38, 44 y 46 de la Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de la Ciudad de Madrid de 28 de mayo de 2014.
Calificación: Falta leve artículo 50.1. e) de la Ley 17/2011, de 5 julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
Sanción prevista: Artículo 52.1.a) de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaría y Nutrición, por expresa remisión del artículo 11 de la Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de la Ciudad de Madrid, de 28 de mayo de 2014, el cual contempla multas por infracciones leves de hasta 5.000,00 euros.
Sanción propuesta: 2.400 euros.
Sanción reducida: 1.680 euros.
Fecha de la denuncia: 11 de febrero de 2016.
1. Iniciar procedimiento sancionador simplificado contra la persona arriba indicada y por los hechos asimismo señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (R.E.P.S.), cuya sanción, calificación y norma que la regula se mencionan.
2. Nombrar instructor a D. Emilio de Castro García y secretaria a D.ª Vicenta Ortiz Marín, sujetos ambos al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 9 de junio de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, P.S., Decreto de 01.06.2016, la Secretaria del Distrito de San Blas-Canillejas, María Asunción García García.